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El Gobierno deroga la ley que permite el despido por bajas médicas

RD Tododisca RD Tododisca
18/02/2020 15:04 - Actualizado 05/06/2025 09:35
Discapacidad
El Gobierno deroga la ley que permite el despido por bajas médicas

El Gobierno deroga la ley que permite el despido por bajas médicas

El Consejo de Ministros aprobará este martes 17 de febrero a través de un Real Decreto-ley la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores. Dicho artículo permite a los empresarios el despido objetivo de un trabajador por acumular bajas médicas justificadas.

La derogación de este artículo fue anunciada por la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, al poco de llegar al cargo. La enmienda se aprobará después de pasar por los trámites administrativos oportunos.

Este artículo fue modificado con la reforma laboral de 2012. En el, se establece que un contrato de trabajo puede extinguirse por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos.

Eso sí, siempre y cuando el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles. O, en segundo caso, alcance el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses.

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Una decisión avalada

La supresión del 52.d se produce después de que el Tribunal Constitucional avalara la extinción del contrato laboral por causas objetivas. Siempre y cuando existiesen faltas de asistencia justificadas aunque intermitentes.

Lo que se aprueba es la derogación del artículo, no su modificación ni su sustitución por otro texto. Así, el despido por acumulación de bajas médicas justificadas dejará de ser una causa para el despido del trabajador.

Esto no significa que un empresario no pueda despedir a alguien de su plantilla por faltas de asistencia o impuntualidad. Puesto que se podría argumentar esta razón para realizar lo que se conoce como despido disciplinario.

La ministra de Trabajo ha destacado en varias ocasiones que la derogación del artículo 52.d va a ser «una gran noticia». Con ella se dejará de vivir situaciones degradantes en España y evitar así que un trabajador pueda perder su puesto de trabajo estando en una situación vulnerable.

Satisfacción sindical y algunas críticas desde la CEOE

La derogación de este artículo no ha formado parte del diálogo social, aunque la ministra sí informó a sindicatos y empresarios de su aprobación.

Mientras que CCOO y UGT han celebrado que vaya a aprobarse este Real Decreto-ley, en algunos sectores de la CEOE no se ve con buenos ojos. El presidente de la patronal, Antonio Garamendi, no se ha opuesto frontalmente a la derogación de este artículo, aunque ha planteado que los primeros siete días de baja, sobre todo en el caso de las pymes, «los pague la Administración». En su opinión, habría que profundizar mucho más en el tema del absentismo «porque el absentismo profesional es una realidad en España».

La ministra de Trabajo cree que el rechazo empresarial a esta medida es minoritario, porque se debe de cumplir con las bajas médicas. Además, Yolanda Diaz ha dejado claro que el Gobierno tiene la obligación de legislar «para corregir lo que ya es fuente del derecho europeo».

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