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La Seguridad Social incorpora un nuevo servicio sobre la incapacidad temporal

La Seguridad Social añade la "solicitud de reintegro de prestación por incapacidad temporal abonada en régimen de pago delegado"

RD Tododisca RD Tododisca
01/12/2022 12:50 - Actualizado 30/05/2025 23:11
Prestaciones
Baja médica de incapacidad temporal./ Foto de Canva

Baja médica de incapacidad temporal./ Foto de Canva

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha incorporado un nuevo servicio a su Sede Electrónica relacionado con la baja médica por incapacidad temporal. Concretamente, este servicio está dirigido a las empresas.

La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para el desarrollo de su actividad profesional habitual. Todo ello, debido a una lesión o enfermedad.

Habitualmente, cuando un trabajador obtiene el alta médica, debe regresar con total normalidad a su puesto de trabajo habitual. Sin embargo, puede darse el caso de que la incapacidad temporal derive en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.

Nuevo servicio de incapacidad temporal

En concreto, la Seguridad Social ha incorporado la posibilidad de ‘solicitud de reintegro de prestación por incapacidad temporal abonada en régimen de pago delegado y no deducida en los boletines de cotización’.

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Incapacidad temporal./ Foto de Canva
Incapacidad temporal./ Foto de Canva

De manera específica, se trata de un servicio dirigido a empresas que por colaboración obligatoria proceden al pago delegado de la prestación correspondiente a la incapacidad temporal. Al respecto, la Seguridad Social establece que «según el artículo 102.1.b del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, permite solicitar el reintegro de la prestación de Incapacidad Temporal abonada en pago delegado y no deducida de los seguros sociales».

Así, gracias a este nuevo servicio, las empresas tienen la posibilidad de anexar la solicitud de reintegro de la prestación por incapacidad temporal ingresada en pago delegado, no deducida en boletines de cotización.

Claves sobre el nuevo servicio de la Seguridad Social

Para realizar correctamente la solicitud, es preciso cumplimentar y anexar la solicitud, valga la redundancia. Además, también es preciso presentar la documentación original acreditativa del poder de representación por la persona solicitante.

📢 Un nuevo servicio para #empresa te permite solicitar el reintegro de la prestación de #incapacidadtemporal de tus empleados, abonada en pago delegado y no deducida de los seguros sociales. #bajas
💻Aquí: https://t.co/j3VBk3x0vQ pic.twitter.com/eqca7tqUq7

— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) August 23, 2022


Igualmente, la Seguridad Social también exige la presentación del parte de baja médica y el último parte de confirmación del periodo solicitando la devolución de subsidios. También es preciso contar con los recibos salariales que justifiquen la cuantía abonada por parte de la empresa en el periodo de incapacidad temporal.

Hay que tener en cuenta que la provincia que se encargará del trámite correspondiente es aquella en la que el trabajador tenga su residencia habitual. Por otra parte, la Seguridad Social indica que el apartado ‘Observaciones’ únicamente se cumplimenta si no se anexa el modelo de solicitud.

«La sesión de conexión está limitada temporalmente, por lo que si caduca la misma mientras cumplimenta la solicitud deberá volver a iniciarla y terminar las actuaciones que tenga pendientes», explican los profesionales de la Seguridad Social.

En definitiva, se trata de un nuevo servicio habilitado por la Seguridad Social para facilitar la gestión de trámites que corresponden a las empresas. Hay que recordar que un factor determinante es el hecho causante, pudiendo ser accidente laboral, accidente no laboral, enfermedad profesional y enfermedad común.

La Seguridad Social incorpora un nuevo servicio sobre la incapacidad temporal
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Temas: Incapacidad TemporalSeguridad Social
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