Los trabajadores autónomos también tienen la posibilidad de acceder a una pensión por incapacidad permanente, siempre y cuando se produzca a raíz de una contingencia profesional que les haya llevado a causar una baja laboral.
Según explican desde el propio Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una incapacidad permanente en un trabajador por cuenta propia que cotice al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), se dará después de haber estado sometido a un tratamiento médico. También será necesario demostrar reducciones funcionales graves que anulen o disminuya su capacidad laboral.
Eso sí, además de esto, el trabajador autónomo deberá haber pasado previamente por un periodo de incapacidad temporal. Este período no podrá superar los 545 días y será el propio INSS el que conceda la incapacidad permanente o, finalmente, de el alta médica al trabajador.
Requisitos del trabajador autónomo para la incapacidad permanente
Para que la Seguridad Social pueda determinar el grado de incapacidad del trabajador autónomo, será necesario que se cumplan ciertos requisitos. Estas son las condiciones que se exigen desde el INSS.
- Estar en la actualidad al corriente de todos los pagos de la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
- Haber cotizado por contingencias profesionales en el período de baja laboral.
- A pesar de que no se exige una cotización previa en caso de accidente o enfermedad profesional, sí que se exige un período de cotización cuando la incapacidad permanente proviene de una enfermedad común. En estos casos, los requisitos son los siguientes:
- Cuando el profesional es menor de 31 años, se requiere la tercera parte del tiempo transcurrido entre los 16 años hasta el hecho causante.
- Cuando el profesional autónomo supera los 31 años, se exige una cuarta parte del tiempo que haya transcurrido entre los 20 años y la edad del hecho causante.
Duración de la incapacidad permanente para autónomos
Al igual que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la incapacidad permanente es revisable y podrá cambiar de grado, e incluso desaparecer en algunos casos, dependiendo de la situación del trabajador y de s mejoría.
Es por eso por lo que no existe un período fijo en lo que se refiere a la duración de la incapacidad permanente para autónomos. Será revisable. Eso sí, al igual que el grado podrá bajar, también podrá subir.
¿Cuál es la cuantía que recibirán con una pensión de incapacidad permanente?
Para saber cuál es la cuantía que recibirá un trabajador autónomo con una pensión de incapacidad permanente, hay que tener en cuenta que todas estarán condicionadas por la base reguladora del profesional y del grado de incapacidad permanente que se le haya concedido.
El cálculo se realizará siguiendo estas pautas:
- Si se trata de una incapacidad permanente parcial, se percibirán 24 mensualidades de la base que se estuviera percibiendo durante la incapacidad temporal previa
- En el caso de incapacidad permanente total, absoluta y de gran incapacidad, la base reguladora se calculará según la contingencia.
El autónomo podrá escoger entre una mensualidad o cobrar todo lo que le corresponda a la vez sin tener que esperar el paso de los meses.