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El complemento económico que se puede cobrar en una pensión por discapacidad

En determinadas circunstancias es posible añadir un complemento económico a la cuantía de la pensión no contributiva de invalidez

RD Tododisca RD Tododisca
04/05/2022 08:30 - Actualizado 31/05/2025 00:40
Prestaciones
Complemento pensión discapacidad

Complemento pensión por discapacidad

Las personas que tienen dictaminada un grado concreto de discapacidad tienen la oportunidad de percibir en España la conocida como pensión no contributiva de invalidez. Para percibir este tipo de prestación no es necesario contar con una cotización previa a la Seguridad Social.

Sin embargo, para su reconocimiento si que es necesario cumplir determinados requisitos básicos. Así, estos son algunos de las condiciones más importantes para percibir una pensión de este tipo:

  1. Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Este es el porcentaje de discapacidad que se necesita para percibir una pensión no contributiva de invalidez.
  2. Tener una edad comprendida entre 18 y 64 años en el momento de la solicitud.
  3. Residir legalmente en España y haberlo hecho durante al menos diez años desde los 16 años hasta la actualidad. Además, dos de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.

Igualmente, también es necesario contar con ingresos inferiores a 5.899,6 euros anuales en 2022. En esta cifra no se debe incluir la propia cuantía de la pensión no contributiva. Si bien, este umbral de ingresos puede ampliarse en caso de convivir con familiares.

Cuantía a percibir y complemento en la pensión

La pensión no contributiva de invalidez en 2022 para personas con un grado igual o superior al 65% es de 5.899, 6 euros anuales, los cuales se dividen en 14 pagas de 421,4 euros.

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Complemento en la pensión por discapacidad
Complemento en la pensión por discapacidad

Sin embargo, este importe puede ser superior en caso de alcanzar un grado del 75% de discapacidad, añadiendo un complemento de 2.949, 8 euros anuales. Además, para optar a este complemento económico, es necesario acreditar que se necesita la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas de la vida.

Los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que estos números también pueden sufrir determinadas modificaciones a la baja en algunas circunstancias. Esto puede ocurrir por la presencia de varios beneficiarios de una pensión no contributiva que vivan en el mismo domicilio.

«En concreto, descienden hasta los 5.014,66 € al año cada uno -si son dos quienes perciben una PNC- o a 4.719,68 € cuando hay tres beneficiarios de este tipo de pensión en la misma vivienda», comentan los especialistas.

Un aspecto importante es que para recibir este tipo de pensión no será necesario pasar por el tribunal médico de incapacidades. Es decir, en caso de tener un 65% de discapacidad y cumplir los requisitos oportunos, solo se tiene que solicitar.

Segundo complemento

Además del complemento para personas con un grado de discapacidad del 75%, existe otro tipo de complemento que se puede añadir a la pensión no contributiva de invalidez; el cual está vigente desde el año 2021.

Este complemento está dirigido a las personas beneficiarias de este tipo de pensión que acrediten que carecen de vivienda propia y su residencia habitual sea alquilada. Con ello, se puede recibir un complemento de 525 euros más al año.

Además, es fundamental certificar que no existe grado de parentesco con el propietario de la vivienda alquilada para ser beneficiario de este complemento.

El complemento económico que se puede cobrar en una pensión por discapacidad
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Temas: DiscapacidadesPensión
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