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La Seguridad Social avisa de la subida de la base mínima de cotización de trabajadores

La subida del SMI ha ocasionado una nueva base mínima de cotización de los trabajadores a la Seguridad Social

RD Tododisca RD Tododisca
06/04/2022 07:39 - Actualizado 31/05/2025 00:42
Prestaciones
Base mínima de cotización Seguridad Social

Base mínima de cotización Seguridad Social

El pasado mes de febrero de 2022 se aprobó en el Congreso de los Diputados una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta 1.000 euros en 14 pagas. Este hecho ha ocasionado que se produzca un aumento en la base mínima de cotización a la Seguridad Social.

En el caso de los trabajadores acogidos al Régimen General de la Seguridad Social, la base mínima de cotización en 2022 se ha fijado en 1.666,7 euros. Este incremento constituye un 3,6% más con respecto al año 2021, cuya base mínima se estableció en 1.125,90 euros.

Si bien la aplicación de estas bases mínimas de cotización a la Seguridad Social cuentan con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022. Por ello, los empleadores deben reembolsar a la Seguridad Social la diferencia por los importes no ingresados desde el inicio de año.

Y es que este aumento de la base mínima de cotización también puede repercutir de forma beneficiosa de cara a la futura pensión de jubilación del trabajador en cuestión.

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Actualización de bases de cotización a la Seguridad Social en 2022

Por otra parte, la base máxima de cotización se mantiene igual que la aplicada desde el 1 de enero de 2022. Es decir, la base máxima de cotización a la Seguridad Social para este año 2022 en el caso de trabajadores del Régimen General es de 4.139,4 euros mensuales.

Base mínima de cotización Seguridad Social
Base mínima de cotización Seguridad Social

Los profesionales de ‘Jubilación de Futuro‘ informan que «esta actualización de bases ha sido recogida en la Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022».

Además, esta orden determina que las empresas tienen derecho a una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad por contingencias comunes en las situaciones de incapacidad temporal de los trabajadores con edad inferior a 62 años.

Concretamente, se trata de una de las medidas aprobadas en la primera pata de reforma de pensiones encabezada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Dichas medidas tienen vigor desde el 1 de enero de 2022.

Base de cotización para trabajadores autónomos

La forma de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es diferente a los trabajadores asalariados. En este caso, los trabajadores autónomos deben pagar mensualmente una cuota de cotización.

Además, precisamente los trabajadores autónomos reclaman modificaciones en el actual sistema de cotizaciones a la Seguridad Social, ya que entienden que se ven especialmente perjudicados en numerosos aspectos en relación a los trabajadores asalariados. Entre otras cosas en la futura pensión de jubilación.

Así, la orden ministerial también establece las bases mínimas y máximas de cotización a la Seguridad Social para los trabajadores autónomos en este año 2022. En ambas situaciones se ha producido un aumento del 1,7% con respecto al año anterior.

Desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, informan que la base mínima de cotización de autónomos se fija en 2022 en 960, 6 euros mensuales; mientras que la base máxima queda en 4.139,4 euros.

La Seguridad Social avisa de la subida de la base mínima de cotización de trabajadores
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Temas: Seguridad Social
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