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El aviso de la Seguridad Social sobre el complemento del Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social aclara una importante duda sobre el complemento a la infancia para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

RD Tododisca RD Tododisca
09/03/2022 15:55 - Actualizado 01/07/2025 13:00
Prestaciones
Aviso de la Seguridad Social sobre el Ingreso Mínimo Vital

Aviso de la Seguridad Social sobre el Ingreso Mínimo Vital

Desde el 1 de febrero de 2022 está en vigor el nuevo complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de un complemento económico que pueden percibir beneficiarios del IMV con hijos a cargo con el objetivo de reducir el riesgo de pobreza infantil.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que ha entrado en vigor la nueva Ley sobre el Ingreso Mínimo Vital, que tiene la principal finalidad de que esta ayuda económica llegue a un mayor número de población durante este año y los próximos.

No hay que pasar por alto que también se ha producido un incremento del 3% en las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital, dependiendo de la conformación de la Unidad de Convivencia. Este importe puede aumentar, por ejemplo, con el complemento a la infancia.

Aviso importante de la Seguridad Social

A través de su Sede Electrónica, la Seguridad Social lanza un mensaje sobre el complemento a la infancia para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. No obstante, este complemento también está dirigido a personas en situación de vulnerabilidad económica, aunque no sean beneficiarias el IMV.

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En este aviso importante, la Seguridad Social informa que no es necesario solicitar el complemento a la infancia. Esto es así porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) concederá esta ayuda con efectos retroactivos desde el 1 de febrero de 2022 a las siguientes personas:

  • Actuales perceptores del IMV.
  • Los solicitantes del Ingreso Mínimo Vital que tengan expediente en trámite.
  • Los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.

A través del siguiente enlace, pueden solicitarlo «las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos», explican desde la Seguridad Social.

Es decir, si una persona tiene derecho al Ingreso Mínimo Vital se le reconocerá el complemento a la infancia junto con la prestación; sin que sea necesario en este caso presentar una solicitud independiente.

Formulario del IMV en 2022

A través del mismo enlace facilitado anteriormente podrás acceder al espacio habilitado por la Seguridad Social para solicitar el Ingreso Mínimo Vital, junto con el complemento a la infancia, que se concederá de oficio en los casos estipulados anteriormente.

Junto con el formulario de solicitud será necesario adjuntar todos los documentos requeridos por la Seguridad Social y expuestos por el sistema.

«En el formulario te pediremos alguna documentación que tendrás que adjuntar para enviar la solicitud. Debes adjuntar el documento de voluntad de solicitar la prestación firmado por el solicitante y todas personas que formen la unidad de convivencia», aclaran desde la Seguridad Social.

Además, desde la propia Seguridad Social explican que para acceder al formulario solicitan introducir datos personales y adjuntar fotografías de identificación para verificar la identidad de la personas solicitante.

Cuantía del complemento del IMV

El importe a percibir por el complemento a la infancia depende de la edad de los menores y el número de menores que convivan en la Unidad Familiar. Esta normativa es igual para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y para las familias en situación de vulnerabilidad económica que no perciben el IMV.

Incapacidad permanente euros
Ingreso Mínimo Vital

En este sentido, la cuantía es de 100 euros al mes por cada hijo menor de 3 años; de 70 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años; y de 50 euros al mes por cada hijo mayor de 6 años y menor de 18 años.

Y es que el objetivo principal de este complemento a la infancia es reducir el riesgo de pobreza entre la población infantil en España.

El aviso de la Seguridad Social sobre el complemento del Ingreso Mínimo Vital
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Temas: Ingreso Mínimo Vital
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