El sistema español cuenta con una importante estructura que contempla diferentes prestaciones y subsidios dentro del programa de protección al desempleo. Se trata de una serie de ayudas económicas para paliar la falta de ingresos por la inactividad laboral.
En cualquier caso, para acceder a este tipo de subsidios es necesario cumplir con los requisitos establecidos previamente por el organismo encargado de su gestión. De lo contrario, no será posible percibir estas ayudas económicas.
Así, una de las prestaciones más reconocidas en España es el subsidio para personas mayores de 45 años y que no cuenten con cargas familiares. Además, deben acreditar que han agotado el derecho a percibir la prestación contributiva.
Cuantía y duración del subsidio para mayores de 45 años
Concretamente, este subsidio está destinado a personas que demuestren no tener familiares a su cargo. Sin embargo, un requisito indispensable para acceder a esta ayuda económica es la edad, ya que solo está disponible para personas con 45 años o más.

Por norma general, la duración del subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares es de 6 meses. Sin embargo, en el supuesto de personas con condición de trabajadoras fijas discontinuas, la duración es equivalente con el número de meses cotizado por desempleo en el año anterior a la solicitud.
En otro orden de cosas, la cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) del año que corresponda. En este sentido, el IPREM aumentará en 2022, por lo que también provocará un aumento de este subsidio.
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explican que «en el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje».
Requisitos obligatorios
Como adelantamos anteriormente, para poder ser beneficiario del subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares es necesario cumplir todos los requisitos estipulados por el SEPE. Los más importantes son los siguientes:
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Dicha inscripción debe mantenerse durante toda la percepción del subsidio.
- No haber rechazado una oferta de colocación adecuada o haberse negado a participar en acciones de promoción y formación profesional.
- Haber agotado el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo.
- Tener 45 años cumplidos en la fecha del agotamiento de la prestación contributiva.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
«Los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio», aclaran desde el Servicio Público de Empleo Estatal.
Además, es necesario tener claro que si no se cumple el requisito de carencia de rentas, es posible obtener el subsidio si dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante acredita ante la administración que cumple dicha condición.
Si no reúne el requisito de carencia de rentas podrá obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acredita que lo cumple.