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Un edificio comunitario deberá derribar dos rampas por no tener licencia ni cumplir la ley de accesibilidad

Las obras que se llevaron a cabo para construir las rampas no cumplían con la normativa de accesibilidad

RD Tododisca RD Tododisca
03/11/2021 10:15 - Actualizado 30/05/2025 22:46
Accesibilidad
rampa accesibilidad edificio

Un caso llamativo el ocurrido en Vigo, donde un edificio comunitario deberá derribar dos rampas por no tener licencia ni cumplir la ley de accesibilidad. Como lo oyen. En un intento de crear accesos adaptados para personas con movilidad reducida, la jugada le salió mal a esta comunidad de vecinos.

Como informa La Voz de Galicia, el objetivo se cumplió con la construcción de rampas para lograr que esos accesos fuesen adaptados. Pero los vecinos no hicieron las cosas bien. No cumplieron con la normativa de accesibilidad ni tampoco pidieron licencia al Ayuntamiento.

El edificio, localizado en la calle Torrecedeira, es de los años 80 y no contaba con ningún criterio de accesibilidad. Antes de estas rampas que deberán ser destruidas había escalones. Una barrera para las personas mayores, con movilidad reducida o en silla de ruedas.

Con el objetivo de hacer más accesibles los portales, la comunidad aprobó hace un par de años transformar el acceso. En primer lugar, se iba a eliminar una sección de las escaleras para colocar en su lugar sendas rampas. Estas comenzarían en el primer del escalón de la calle y terminaba en el rellano de cada ascensor.

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Los vecinos dieron luz verde a las obras y la rampa para mejorar la accesibilidad del edificio se convertía en una realidad.

Un vecino denunció las obras ante el Ayuntamiento

Como dice el refrán, «nunca llueve a gusto de todos». Y es que a un vecino le parecía mal como habían transformado el portal y denunció las obras en el Ayuntamiento por dos motivos:

  • No se había tramitado ninguna solicitud de licencia ante el ayuntamiento.
  • La rampa no cumplía con la normativa para este tipo de instalaciones.

La rampa contaba con una inclinación superior a la permitida por la ley de accesibilidad, que como aseguran varios vecinos a La Voz de Galicia se debe a las pequeñas dimensiones del portal.

Por ello, cuenta con un cartel en el que se informa de la prohibición del uso de la rampa por no cumplir las normas reglamentarias. El cartel dice lo siguiente: «En caso de accidente de la misma, esta comunidad no se hará responsable».

La denuncia del vecino tuvo su eco y los inspectores de Urbanismo comprobaron la falta de autorización. De esta forma, ordena a la comunidad para que procedan al derribo de las obras en el plazo máximo de tres meses.

En caso contrario, se pueden llegar a enfrentar a multas de 1.000 a 10.000 euros.

Desde la comunidad se plantean ahora una alternativa: bajar el ascensor hasta la cota cero para que no sean necesarias las escaleras.

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Temas: Accesibilidad
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