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Cómo mantener los beneficios fiscales sin un plan de pensiones

La mejor opción para seguir optando a beneficios fiscales sin un plan de pensiones es el PIAS, un plan de ahorro similar 

RD Tododisca RD Tododisca
24/06/2021 05:00 - Actualizado 05/06/2025 09:45
Prestaciones
Beneficios fiscales sin un plan de pensiones

Beneficios fiscales sin un plan de pensiones

El Gobierno de Pedro Sánchez ha diseñado una nueva bajada en el límite de las aportaciones a planes individuales de pensiones, pasando de 8.000 a 2.000 euros anuales, lo que significa una reducción del 75% en las cantidades que se pueden desgravar en la declaración de la renta. Por este motivo, aparece el PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático).

Desde que el Ejecutivo confirmara el recorte fiscal sobre los planes de pensiones en este 2021, numerosas personas han acudido a otro tipo de ayudas que le aporten más beneficios en materia de impuestos, con el objetivo de complementar la pensión en el futuro.

¿Qué es el PIAS?

El PIAS es una modalidad de ahorro que consiste en la aportación, mes a mes, de una cutoa que vaya aumentando progresivamente un capital, al que debemos sumarle el rendimiento firmado en el contrato. Las aportaciones realizadas por la persona demandante deberán de rondar entre los 8.000 y los 240.000 euros.

Este novedoso plan garantiza que el ahorrador, en el momento que quiera, pueda recuperar su dinero sin necesidad de esperar determinados supuestos como si ocurre en los planes de pensiones habituales, aunque esto se consigue sacrificando cierta rentabilidad.

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Sin embargo, el PIAS tiene una gran ventaja con respecto a la fiscalidad una vez transcurren cinco años sin retirar el dinero aportado. A partir de este momento, y cuando la persona quiera sacar el dinero que haya invertido, una buena parte de estas cantidades estará exenta de tributación. De lo contrario, se le aplicarán los porcentajes de tributación en base del ahorro (entre el 19 y el 23%) sobre el total de lo sacado.

Beneficios fiscales sin necesidad de pensión

Con este plan de ahorro, el dinero está considerado como una renta vitalicia, y como tal pasa a ser rendimiento del capital mobiliario. De esta manera, desde la Agencia Tributaria explican que la rentabilidad está exenta de IRPF en la declaración de la Renta y que las rentas vitalicias solo tienen una parte por la que tributar en función de la edad que tenga el beneficiario cuando saque el dinero:

  • Menores de 40 años: 40% del total
  • 40-49 años: 35% del total
  • 50-59 años: 28% del total
  • 60-65 años: un 24% del total
  • 66-69 años: un 20% del total
  • A partir de 70 años: un 8% del total.

Sobre estas cantidades es donde deberíamos de aplicar los porcentajes estipulados para gravar la base liquidable del ahorro. Por ejemplo, si una persona de 60 años es usuario de un PIAS en el que ha desembolsado 20.000 euros  más los intereses que le genere, no tributará por los intereses y solo lo hará por el 24% de esos 20.000 euros.

Es decir, 4.800 euros, a los que debemos de aplicarle un 19% de impuestos. Así que por más de 20.000 euros solo se tendrá que declarar 912 euros. Lo que habla a las claras del beneficio fiscal que supone optar a este plan de ahorro en lugar de la jubilación normal.

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