El Tribunal Supremo ha dictaminado que ZARA debe pagar el bonus anual por objetivos a una trabajadora que estuvo de baja laboral durante el correspondiente ejercicio. Y es que la empresa excluyó a la trabajadora de cobrar este incentivo por haber estado de baja por incapacidad temporal.
Se trata de una sentencia que sienta jurisprudencia, por lo que podría beneficiar a otros trabajadores de ZARA que hayan vivido una situación similar durante un periodo de baja por incapacidad temporal.
Derecho al bono anual a pesar de haber estado de baja laboral
La compañía ZARA cuenta con un incentivo anual para los trabajadores en función del cumplimiento de objetivos colectivos. Es decir, se trata de un bonus colectivo anual que la empresa paga a los trabajadores en caso de que se cumplan ciertos objetivos.
Así, la trabajadora del caso que nos atañe estuvo de baja laboral por incapacidad temporal durante una gran parte del ejercicio. Debido a ello, ZARA decidió no abonarle el bonus colectivo anual que se refleja en su contrato de trabajo.
Ante esta situación, la trabajadora optó por realizar una reclamación judicial que ha terminado resolviéndose a su favor en el Tribunal Supremo. Ha contado con la defensa del despacho ‘Ley 57 Abogados’, con el abogado Carlos Comitre.
Los objetivos en el centro de trabajo de ZARA fueron alcanzados, por lo que la compañía abonó el bonus colectivo a toda la plantilla. Sin embargo, excluyeron a esta trabajadora por haber estado de baja laboral por incapacidad temporal.
En un primer momento, el Juzgado de lo Social dio la razón a la trabajadora. No obstante, ante la reclamación presentada por la empresa, el Tribunal Superior rectificó y dio la razón a ZARA. Finalmente, el caso se ha resuelto en el Tribunal Supremo siendo favorable para la trabajadora.
Beneficios para los trabajadores con salarios variables
La sentencia del Tribunal Supremo ha sido muy clara al respecto. De este modo, determinan que no cabe privar del salario variable a aquellos trabajadores que han estado de baja laboral por incapacidad temporal.
De este modo, desde el Tribunal Supremo consideran que existió una discriminación en el ámbito retributivo para la trabajadora por razón de salud o enfermedad. Así, el Alto Tribunal recuerda que los trabajadores de baja por incapacidad temporal conservan sus derechos salariales.
Además, advierten que el hecho de estar de baja laboral por incapacidad temporal no puede ser motivo para excluir a un trabajador de cobrar un complemento económico vinculado al rendimiento colectivo.
Sobre esta sentencia, el abogado Carlos Comitre explica que se abre un nuevo panorama para aquellos trabajadores con salarios variables en España. Además, la sentencia sienta jurisprudencia para otros trabajadores que puedan atravesar una situación similar.
Finalmente, el abogado manifiesta que «el Tribunal Supremo refuerza el blindaje jurídico de los trabajadores con contratos que incorporan un componente variable colectivo, y lanza un mensaje claro a las empresas: la incapacidad temporal no puede convertirse en una excusa para recortar salarios si no existe una justificación objetiva y proporcional».
Por tanto, ZARA tiene la obligación de abonar el bonus colectivo a esta trabajadora aunque haya estado de baja laboral por incapacidad temporal durante gran parte del ejercicio, tal y como determina la sentencia del Tribunal Supremo.