El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) es el organismo que se encarga de gestionar las pensiones no contributivas, que han sufrido un pequeño cambio en las últimas horas y es que, ya no existe la pensión no contributiva de invalidez, que era la pensión dirigida a las personas con discapacidad, sino que ahora hablamos de la pensión no contributiva de incapacidad.
El BOE recogía estas nuevas modificaciones en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en materia de extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente de las personas trabajadoras, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. A continuación vamos a ver cuales son los cambios que se van a aplicar.
Requisitos par acceder a la pensión no contributiva de incapacidad en 2025
La pensión no contributiva de incapacidad «asegura a toda la ciudadanía en situación de incapacidad y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».
Desde el IMSERSO aseguran que pueden ser personas beneficiarias de la pensión no contributiva de incapacidad los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos
- Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Discapacidad: Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.
Además, debemos de tener en cuenta que esta pensión no contributiva de incapacidad no es compatible con la pensión no contributiva de jubilación, con las pensiones asistenciales, con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona y con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%.
Cuantía de la pensión no contributiva por incapacidad para 2025
Desde el IMSERSO apuntan que las pensiones no contributivas de invalidez van a tener un aumento del 9%. Esto quiere decir, que la cuantía integra va a pasar de los 7.250,60 euros en 2024 a 7.903,15 euros en 2025, marcando un aumento de 652,55 euros. Dicha cuantía se va a dividir en 14 pagas (12 mensuales y dos pagas extras) de 564,51 euros.
El IMSERSO informa en su web que «la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida». Si hablamos de la mínima del 25%, la cuantía va a pasar de los 1.812,65 euros anuales de 2024 a los 1.975,79 euros de 2025, que se van a repartir en 14 pagas de 141,13 euros.
Por último, la pensión no contributiva de invalidez cuenta con una aumento para las personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida. En este caso, percibirán un aumento de 3.951,58 euros, que unido a la cuantía integra, de 7.903,15 euros, hace un total de 11.854,73 euros al año, dividido en 14 pagas de 846,77 euros.






