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Estos son los casos excepcionales en los que una pensión podría ser suspendida o modificada

El requisito fundamental para acceder a una pensión de jubilación es haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo

Álvaro Gutiérrez del Álamo López
12/05/2025 07:00 - Actualizado 27/05/2025 09:13
Prestaciones
Estos son los casos excepcionales en los que una pensión podría ser suspendida o modificada

Casos en los que la pensión puede ser suspendida o modificada

La pensión de jubilación, además de ser un derecho, también es el gran objetivo que persiguen los trabajadores en España, especialmente aquellos que ya intuyen próximo el final de la vida laboral. Esta cuantía incluye una prestación económica vitalicia e irrenunciable, que garantiza una renta mínima a las personas mayores que han cotizado a la Seguridad Social durante su vida laboral. En consecuencia, podrán comenzar a disfrutar de los placeres de la vida sin el estrés del trabajo.

Así mismo, la legislación establece que existen dos modalidades de pensión de jubilación: contributiva, que es la que se financia por las aportaciones efectuadas al sistema por los propios trabajadores a través de sus cotizaciones o aportaciones y las de sus empleadores (aportes patronales), y la pensión no contributiva, que es es la destinada a aquellas personas que no han cotizado el mínimo suficiente para beneficiarse y generar derechos en la modalidad contributiva.

Motivos para perder la pensión de jubilación

El requisito fundamental para acceder a una pensión de jubilación es haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo. Para beneficiarse de dicha prestación, es necesario conocer los motivos que pueden derivar en sanción; sin embargo, y para tranquilidad de los pensionistas, cabe destacar que la pensión se puede suspender, pero nunca se retira de forma permanente. Una vez corregidas las causas que motivaron su suspensión, se reanuda el pago de la prestación.

  • No comunicar cambios en los datos personales

De acuerdo con lo pautado por la Seguridad Social, es esencial comunicar cualquier cambio en los datos personales y bancarios. Cualquier modificación no comunicada puede conllevar multas o la pérdida de la pensión, tal y como se refleja en la sección segunda del capítulo III de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

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  • No declarar ingresos ni rentas de la unidad familiar

Es obligatorio declarar los ingresos del hogar en los primeros tres meses del año. Esto permite que el sistema tenga información actualizada sobre la situación económica de la familia. De no realizar este requisito podemos enfrentarnos a sanciones y suspensiones.

  • Presentar la ‘fe de vida’ si se vive en el extranjero

Aquellas personas beneficiarias de una pensión y que residan en el extranjero tienen la obligación de presentar un documento denominado ‘fe de vida’ durante el primer trimestre de cada año. Este trámite tiene como objetivo confirmar que el beneficiario de la pensión sigue con vida y que no es otra persona quien está percibiendo los pagos de un fallecido. Si la Seguridad Social no recibe esta documentación dentro del plazo establecido, la pensión será suspendida hasta que se envíe la fe de vida correspondiente.

  • Cobrar más de dos pensiones

Si una persona cobra más de dos pensiones sin estar autorizada a hacerlo, esto puede llevar a la suspensión de su pensión de jubilación por parte de la Seguridad Social. Esto se debe a que está incumpliendo la normativa, que establece un límite de dos pensiones por persona.

  • Superar el umbral de ingresos máximo

El límite máximo de ingresos para mantener estas prestaciones se actualiza cada año, y para 2024 se sitúa en 7.250,60 euros. Sin embargo, este límite varía dependiendo de la composición del hogar, aumentando si se vive solo con el cónyuge o con parientes de segundo grado. Hasta que la situación económica del beneficiario se ajuste de nuevo a los límites permitidos, el IMSERSO y la Seguridad Social pueden suspender la pensión.

Estos son los casos excepcionales en los que una pensión podría ser suspendida o modificada
Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Sobre el autor ▼
Graduado en Comunicación y Relaciones Públicas por la Universidad EADE Málaga, además de ostentar un Máster Oficial de Comunicación e Identidad Corporativa por la Universidad Internacional de La Rioja. Amplia trayectoria en medios de comunicación y gabinetes de prensa, donde he desempeñado labores de relación con públicos internos y externos -stakeholders-, redacción de contenidos y análisis de intangibles empresariales, entre otras. La planificación de medios y la definición de estrategias son los pilares de un correcto plan de comunicación, por lo que decidí formarme en el sector institucional, corporativo y empresarial, desarrollando acciones para lograr los objetivos marcados por la empresa. Actualmente trabajo como redactor de contenidos en Tododisca, especialmente en las sección de prestaciones y sociedad.
Temas: EspañaJubilaciónPensiónSeguridad Social

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