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Las personas con discapacidad están de enhorabuena en 2025: se pueden jubilar a los 52 años

La Seguridad Social ha destacado que las personas con discapacidad van a poder jubilarse a los 52 años si cumplen unos requisitos

Manuel Ruiz Berdejo López Manuel Ruiz Berdejo López
10/05/2025 07:00 - Actualizado 15/05/2025 11:37
Prestaciones
Las personas con discapacidad se pueden jubilar desde los 52 años

Las personas con discapacidad se pueden jubilar desde los 52 años

En este 2025 las personas con discapacidad van a poder acceder a la jubilación antes que el resto de trabajadores, ya que la Gobierno de Pedro Sánchez aprobó en 2023 una mejora del acceso a la jubilación anticipada para las personas con discapacidad superior al 45%, que vamos a explicar a lo largo de este texto.

Debemos de tener en cuenta que uno de los grandes cambios que se incluyeron pasa por reducir los años de cotización exigidos a este colectivo de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad. Además, como veremos más adelante, que las personas que tengan más de una patología discapacitante podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la jubilación anticipada por discapacidad?

Desde la Seguridad Social han destacado que los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social que acrediten:

  • Estar en alta o en situación asimilada a la de alta
  • Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

Además las personas podrán acreditar su discapacidad mediante un informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior. Además, la acreditación de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma. Debe indicar la fecha en la que se ha iniciado o manifestado la discapacidad.

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¿Cómo me puedo jubilar a los 52 años por discapacidad?

Desde la Seguridad Social han indicado que la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad de las enumeradas en el listado, que vamos a ver a continuación, excepcionalmente, la de 56 años. Pero todo no queda ahí, ya que el trabajador que tenga una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.

Por lo tanto, debemos de tener en cuenta que los trabajadores que acrediten un grado de discapacidad por debajo del 45% accederán a la jubilación en la edad ordinaria fijada para cada caso.

Este es el listado con todas las patologías con las que se puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad:

  • Discapacidad intelectual
  • Parálisis cerebral.
  • Anomalías genéticas:
    • Síndrome de Down
    • Síndrome de Prader Willi
    • Síndrome X frágil
    • Osteogénesis imperfecta
    • Acondroplasia
    • Fibrosis Quística
    • Enfermedad de Wilson
  • Trastornos del espectro autista
  • Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
  • Secuelas de polio o síndrome postpolio
  • Daño cerebral (adquirido):
    • Traumatismo craneoencefálico
    • Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
  • Enfermedad mental:
    • Esquizofrenia
    • Trastorno bipolar
  • Enfermedad neurológica:
    • Esclerosis lateral Amiotrófica
    • Esclerosis múltiple
    • Leucodistrofias
    • Síndrome de Tourette
    • Lesión medular traumática

Para más información sobre la pensión de jubilación anticipada para personas con discapacidad puedes visitar la web oficial de la Seguridad Social.

Las personas con discapacidad están de enhorabuena en 2025: se pueden jubilar a los 52 años
Manuel Ruiz Berdejo López
Sobre el autor ▼
Mi nombre es Manuel Jesús Ruiz Berdejo López y soy periodista especializado en discapacidad, accesibilidad, dependencia, pensiones, prestaciones e IMSERSO en el medio Tododisca. Graduado por la Universidad de Sevilla (US) en 2017, soy un amante del fútbol y del deporte en general, especialista en Marketing Digital, con un máster en Marketing Digital y Social Media 2.0 y un MBA en Marketing con especialización en Marketing Digital realizado en The Power MBA. A lo largo de mi carrera periodistica he trabajado en diferentes medios de comunicación, desarrollando gran parte de ella en ElMira.es, desde 2016, y en Tododisca, desde 2019.
Temas: DiscapacidadesJubilaciónJubilación Anticipada
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