Si te grabas cometiendo una imprudencia al volante, puede que te cueste tu puesto de trabajo. Así lo confirma una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que ha declarado procedente el despido de un trabajador que se grabó con su móvil mientras conducía a 175 km/h por la autovía en un coche de empresa y publicó el vídeo en sus estados de WhatsApp.
El abogado Óscar Ramón ha contado este caso a través de una publicación en LinkedIn, que ha generado muchas reacciones en las redes. Y es que, al amparo del artículo 54.2 b) y d) del Estatuto de los Trabajadores y del convenio colectivo correspondiente, la empresa calificó la conducta como una falta muy grave por imprudencia temeraria y desobediencia.
El abogado cuenta la sentencia del despido del trabajador
El Juzgado de lo Social nº1 de Toledo avaló en primera instancia el despido como procedente, y el trabajador recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ CLM). El tribunal concluyó que “el trabajador puso en riesgo su vida, la del resto de conductores y el patrimonio de la empresa”.
La empresa acreditó los hechos mediante tres elementos clave que ponen de manifiesto el resultado de la sentencia:
- Las capturas del vídeo publicado en WhatsApp.
- La identificación del vehículo por parte del jefe de logística.
- El testimonio de varios compañeros que vieron la publicación.
Según recoge la sentencia, los estados de WhatsApp pueden valorarse como “medio de reproducción de imagen y sonido”, válidos si se complementan con testigos fiables, como ocurrió en este caso.
Implicaciones de la sentencia para otros trabajadores
Tal y como advierte el experto abogado Óscar Ramón en la publicación, «publicar una imprudencia grave en redes sociales no solo tiene consecuencias sociales, sino también laborales».
Este fallo marca un precedente importante: los actos cometidos fuera del horario laboral pueden tener consecuencias si afectan a la empresa o al desempeño profesional. El uso de estas redes sociales no protege de la responsabilidad legal cuando hay una conducta peligrosa de por medio.
“La imprudencia al volante no solo es sancionable en vía penal o administrativa. Si implica un vehículo de empresa, puede justificar un despido disciplinario por comprometer la seguridad y el patrimonio empresarial”, cuenta el abogado.
En definitiva, la conducta fuera del trabajo también cuenta, especialmente si se comparte públicamente. Si la empresa lo considera oportuno y actúa legalmente frente a estas infracciones, puede tener un coste laboral irreversible.