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El beneficio fiscal que puedes obtener en la renta por maternidad: 1.200 euros por hijo

La Agencia Tributaria ofrece una deducción por maternidad a la hora de hacer la Declaración de la Renta, con 1.200 euros como máximo por hijo

Manuel Ruiz Berdejo López Manuel Ruiz Berdejo López
27/04/2025 07:00 - Actualizado 15/05/2025 11:36
Discapacidad
La Agencia Tributaria ofrece un beneficio fiscal por maternidad

La Agencia Tributaria ofrece un beneficio fiscal por maternidad

Desde el pasado 2 de abril se encuentra abierto el plazo para realizar la Declaración de la Renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que gestiona el Ministerio de Hacienda a través de la Agencia Tributaria. A la hora de hacer este trámite debemos de tener en cuenta que hay personas, como las personas con discapacidad, mayores o padres que pueden acogerse a beneficio fiscales y deducirse una cantidad importante de dinero.

En este caso, vamos a hablar de la deducción por maternidad, que se trata de «una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015 y el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil, a partir de la declaración de 2018». Debemos de tener en cuenta que esta deducción por maternidad se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero.

Desde la Agencia Tributaria explican que puede hacerse efectiva presentando la declaración de IRPF o bien solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este segundo caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no te olvides de declararlo.

¿Quién puede recibir el beneficio fiscal por maternidad?

Si atendemos a lo que recoge la Agencia Tributaria en su web, podrán acceder a esta deducción las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes que:

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  • en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

Excepto que, durante dichos meses, alguno de los progenitores perciba, en relación a este menor, el complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley que establece el ingreso mínimo vital salvo que, se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.

Además, también se podrá aplicar esta deducción las personas que cumplan los requisitos anteriores y sean el padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre; el padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva; o ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes).

¿Cuál es el importe que nos podemos deducir por maternidad?

Desde la Agencia Tributaria han indicado que el importe máximo de la deducción es de 1.200 euros anuales por cada hijo. En este sentido, la deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que la persona interesada cumpla los requisitos, siempre que, durante dichos meses, ninguno de los progenitores perciba, en relación a este menor, el complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley que establece el ingreso mínimo vital salvo que, se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.

No obstante, se informa que las personas que tengan derecho a la deducción por haberse dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, en el mes en que se alcance el periodo mínimo cotizado de 30 días la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 euros.

Debemos de tener en cuenta que se puedes solicitar el abono anticipado del importe que corresponda a la deducción por maternidad sin incluir el incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

El beneficio fiscal que puedes obtener en la renta por maternidad: 1.200 euros por hijo
Manuel Ruiz Berdejo López
Sobre el autor ▼
Mi nombre es Manuel Jesús Ruiz Berdejo López y soy periodista especializado en discapacidad, accesibilidad, dependencia, pensiones, prestaciones e IMSERSO en el medio Tododisca. Graduado por la Universidad de Sevilla (US) en 2017, soy un amante del fútbol y del deporte en general, especialista en Marketing Digital, con un máster en Marketing Digital y Social Media 2.0 y un MBA en Marketing con especialización en Marketing Digital realizado en The Power MBA. A lo largo de mi carrera periodistica he trabajado en diferentes medios de comunicación, desarrollando gran parte de ella en ElMira.es, desde 2016, y en Tododisca, desde 2019.
Temas: Agencia Tributaria
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