Andalucía es la región que más habitantes tiene en España, y la dependencia es muy importante en esta CCAA. De hecho, recientemente, como aseguró Loles López, consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Andalucía cuenta con más de 297.400 personas atendidas y más de 444.300 prestaciones en materia de dependencia.
La Junta de Andalucía señala que las personas en situación de dependencia son aquellas que, de forma permanente y por motivos de edad, enfermedad o discapacidad, precisan de la atención de otra persona para el desarrollo de actividades de la vida diaria como el cuidado personal, las tareas domésticas o la movilidad. El motivo de esta dependencia puede ser la edad, enfermedad o discapacidad, ligadas a la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial.
Debemos de tener en cuenta que existen distintos grados de dependencia:
- Grado I o dependencia moderada.
- Grado II o dependencia severa.
- Grado III o gran dependencia.
Solicitar la ley de dependencia en Andalucía
Desde la Junta de Andalucía señalan que existen dos maneras diferentes de poder solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia en España. La primera de ellas pasa por presentar la solicitud a través de la ventanilla electrónica. Este canal permite durante todos los días del año las 24 horas del día la presentación de solicitudes telemáticas, entre ellas la del reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia. También permite la presentación de la revisión del grado de dependencia reconocido.
La otra opción que tienen las personas con discapacidad pasa por presentar la solicitud junto con el informe de las condiciones de salud en los Servicios Sociales Comunitarios más próximos al lugar de residencia del interesado. Una vez allí, la persona interesada le orientará y ayudará a cumplimentar los diferentes documentos, como son la solicitud y el informe sobre las condiciones de salud del reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
La dependencia en Andalucía: un proceso más simple que nunca
Debemos de tener en cuenta que la Junta de Andalucía lleva tiempo trabajando para simplificar la gestión de la dependencia, resumiéndolo todo en tres sencillos pasos.
El primero de ellos es la solicitud, que pasa por rellenar la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia. Para ello:
- Debes adjuntar el informe de las condiciones de salud en modelo normalizado, suscrito por profesional del Sistema Sanitario Público de Andalucía o del sistema de protección sanitaria que corresponda.
- En caso de presentarla en nombre de otra persona, debes adjuntar la documentación acreditativa de la representación.
- La solicitud se presentará preferentemente por medios electrónicos a través de la Ventanilla Electrónica de la Dependencia. Es lo más cómodo y recomendable.
- No obstante, también podrás presentarla de manera presencial en tu centro de servicios sociales y en los demás registros que contempla la Ley.
En segundo lugar encontramos una única visita domiciliaria. Y es que, una vez admitida la solicitud, te llamarán por teléfono para comunicarte el día y la hora en la que acudirán a tu domicilio o lugar de residencia.
El personal de atención a la dependencia te realizará una única visita donde:
- Obtendrá toda la información necesaria para tu valoración del grado de dependencia
- Te informará del catálogo de prestaciones a las que puedes acceder
- Consultará tu opinión de cara a la realización del PIA (Programa Individual de Atención) donde se establece la modalidad de atención más adecuada a tus circunstancias.
El tercer y último paso es una única resolución, donde se dicta una resolución de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones y se te notificará de forma electrónica o en papel, según el medio que hayas elegido.
El acceso a cada servicio o prestación será de acuerdo a los siguientes criterios:
- Mayor grado de dependencia.
- Menor capacidad económica.
- Anterior fecha de solicitud.
Para más información puedes visitar la web de la Junta de Andalucía, donde se recoge todo lo relativo a la dependencia.