La herencia de una persona no implica solo recibir los bienes que esta tenía, como muchas veces se presupone. La ley indica que la herencia incluye todos los bienes, pero también derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte de una persona. Esto significa, que al igual que se heredan los activos, también lo hacen los pasivos o deudas. Por tanto, sí es posible que al fallecer una persona, sus deudas, si las tenía, pasen a sus herederos como parte de la masa hereditaria.
No obstante, hay un matiz importante que debe tenerse en cuenta: Esto ocurrirá si el heredero decide aceptar la herencia. Y es que la aceptación de la herencia no sucede por ministerio de ley. La condición de heredero sí se adquiere de forma automática, sin embargo, este tiene la libertad de aceptar o renunciar a lo que le corresponda, y debe hacerlo de forma explícita ante notario. Por tanto, al ser conocedores de lo que podemos recibir, debemos decidir qué hacer con ese poder que nos otorga la figura de heredero.
¿Por qué renunciar a una herencia?
La primera enseñanza que debe adquirirse como heredero, es que existe el derecho que ampara al mismo para decidir si aceptar o renunciar a una herencia. Pero, ¿Qué motivos pueden llevar a una persona a querer renunciar? Pues por increíble que a priori pueda parecer, la práctica jurídica indica que hay dos motivos que se repiten con cierta asiduidad: Uno personal y otro económico.
Los conflictos familiares son uno de los motivos que llevan a muchos herederos a renunciar a su parte de la masa hereditaria. Y es que el reparto de una herencia, sobre todo en los casos donde hay varios bienes, crea multitud de conflictos familiares en los que al final, siempre hay alguien que decide que no le compensa. Pues un desacuerdo en el reparto, tiene difícil solución ya que el propietario ya no está, y meterse en procedimientos judiciales o valoraciones, es alargar más el proceso y hacerlo más costoso.
Motivo económico para renunciar: las deudas
La segunda razón más repetida para renunciar a una herencia, es de carácter económico. En este sentido, pueden dividirse a su vez en dos los motivos por los que decidir renunciar. Por una parte, por no tener posibilidades de pagar el Impuesto de Sucesiones. Este caso es más habitual en sucesiones de comunidades autónomas que no cuentan con bonificaciones, o en la que la herencia se transmite entre colaterales, ya que en estos casos el importe del impuesto es muchísimo mayor.
Por otra parte, hay un gran número de renuncias cuando el heredero se percata de que lo que va a recibir son deudas. Y es que de aceptarlas, el heredero tendrá que hacer frente a las mismas con su propio patrimonio. Bien es cierto, que es más habitual que el heredero sepa ya de antemano a qué se va a enfrentar antes de recibir una herencia. Pues por lo general, si es alguien cercano, lo normal es que conozcas su situación económica.
Sin embargo, en otras ocasiones es todo sorpresa, y esta, puede ser negativa. No obstante, existe una opción intermedia que se conoce como aceptar la herencia a beneficio de inventario. Una fórmula que puede evitar que renuncies, pero a ala vez, que tengas que asumir deudas con tu patrimonio. En estos casos, las deudas se cubrirán con lo que se disponga de activos en la herencia, pero en ningún caso implicará los bienes del heredero. Es la fórmula intermedia para los casos en los que por ejemplo, exista un mínimo de deudas que puedan cubrirse con los activos.






