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Novedades en el reconocimiento de la incapacidad permanente en 2025

Si todo va como lo previsto, los trabajadores a los que se les conceda una incapacidad permanente tendrán la potestad para elegir su futuro laboral

Redacción Tododisca Redacción Tododisca
01/02/2025 18:39 - Actualizado 15/05/2026 11:02
Prestaciones
Reconocimiento de incapacidad permanente

Reconocimiento de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

El pasado mes de julio fue un punto de inflexión para la situación de la incapacidad permanente en España. El Estatuto de los Trabajadores ha una gran modificación que se culminaba con la presentación al Congreso de los Diputados, por parte del Consejo de Ministros, de la prohibición a las empresas para despedir de forma automática a un trabajador al que se le ha concedido una incapacidad permanente. Y es que hasta el momento, el trabajador no tenía aquí capacidad de decisión.

No obstante, no está todo el trabajo hecho. Aunque la modificación está completada, queda que la reforma de dicho estatuto sea aprobada por la Cámara Baja. Bien es cierto, que se espera que el proceso sea satisfactorio, ya que significa un cambio radical en los derechos de los trabajadores a los que a causa de una enfermedad o accidente, se le concede una incapacidad permanente. Un cambio, que dicho sea de paso, es a mejor y necesario, por lo que la incertidumbre sobre su aprobación aún está en el aire.

Cambio radical en la incapacidad permanente

Si todo va según lo previsto, en pocos meses los trabajadores a los que se les conceda una incapacidad permanente adquirirán un poder que antes no habían tenido. Y es que hasta ahora, la empresa cuyo empleado, a causa de enfermedad o accidente, caía en esta incapacidad concedida por la Seguridad Social, tenía el poder de despedirlo de forma automática. Una práctica que dejaba sin opciones al trabajador que se veía inmediatamente en la calle.

El problema es que de este modo, no solo se vulneraban los derechos del trabajador, sino que se les negaba la opción de decidir sobre sí mismos, su situación y su voluntad en el ámbito laboral. Esta situación era catastrófica para muchas personas que pese a la incapacidad permanente, sufrían por perder esa parte de su vida sin poder hacer nada. Sin embargo, esto está a punto de cambiar y que sea precisamente el trabajador, quien adquiera este poder.

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Así pues, si la reforma aprobada en Consejo de Ministros y llevada al Congreso de los Diputados, supera es eslabón de la Cámara Baja, los trabajadores a los que se les conceda en adelante una incapacidad permanente, tendrán todo el poder sobre su futuro laboral. Por el contrario, la empresa pierde dicha potestad y además, tendrá la obligación de acatar la respuesta del trabajador. Pero, ¿Qué opciones tendrá el trabajador?:

  • Podrá solicitar a la empresa la adaptación de su puesto de trabajo para que pueda seguir desarrollándolo.
  • Podrá solicitar a la empresa un cambio de puesto más acorde a sus nuevas circunstancias.
  • Podrá solicitar el despido.

Novedades en los derechos del trabajador

Por tanto, a partir de que esta reforma del Estatuto de los Trabajadores sea aprobada en la Cámara Baja, los trabajadores que sufran una incapacidad permanente, podrán mantenerse en su puesto de trabajo y cobrando su salario habitual. Del mismo modo, podrán solicitar, como hemos visto, una vacante en la empresa adaptada a su necesidades. Además, solo si ellos lo deciden, podrá dicha empresa formalizar un despido.

Cabe señalar, que el trabajador cuenta con el plazo de un mes para decidir cuál quiere que sea su futuro laboral. Una vez decidido, será la empresa la que contará con tres meses de plazo para cumplir con las peticiones exigidas por el trabajador. Durante este periodo, el trabajador seguirá cobrando una prestación por incapacidad temporal, hasta que se incorpore a su puesto de trabajo y siga percibiendo su salario.

No obstante, aún queda por conocer si las empresas contarán con algún tipo de ayuda para poder hacer frente a los gastos derivados de tener que hacer reformas para adaptar un puesto de trabajo. Pues en el caso de las grandes empresas, esto puede no suponer un problema, sin embargo, para la mediana y pequeña empresa, puede suponer un coste que no puedan afrontar.

Novedades en el reconocimiento de la incapacidad permanente en 2025
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Temas: Incapacidad Permanente
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