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El Gobierno anuncia 4 cambios en la jubilación activa, que entrarán en vigor en abril de 2025

La reforma de la jubilación activa permitirá compatibilizar la actividad laboral con hasta un 100% de la pensión contributiva

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
16/01/2025 13:30 - Actualizado 05/06/2025 11:44
Prestaciones
Cambios en la jubilación activa en 2025

Cambios en la jubilación activa en 2025./ Licencia Adobe Stock

En el mes de abril de 2025 entrarán en vigor diferentes medidas para mejorar la compatibilidad de la pensión de jubilación con la actividad laboral. Estas medidas se centran en la jubilación activa, jubilación parcial y jubilación demorada.

Así, está previsto que, el 22 de enero, el Parlamento debata y convalide el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, que ha sido recientemente aprobado por el Gobierno. Una vez convalidado, las medidas deberán entrar en vigor a partir del mes de abril de 2025.

Nuevas medidas para la jubilación activa

Desde la Seguridad Social explican que «la jubilación activa, permite compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo por cuenta ajena o propia, a jornada completa o parcial, siempre que la jubilación se haya producido al menos un año después de haber cumplido la edad ordinaria».

En este sentido, la reforma aprobada por el Gobierno incluye 4 medidas importantes con efectos en la jubilación activa. Así, los ciudadanos contarán con mayores incentivos y beneficios por acogerse a esta modalidad de jubilación a partir de abril de 2025.

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Actualmente, la Seguridad Social exige una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa. Es decir, haber cotizado lo suficiente para tener derecho a cobrar el 100% de la base reguladora en la pensión de jubilación. Por ejemplo, 36 años y seis meses para aquellas personas que se jubilen en 2025 y 2026.

Una de las principales medidas es la eliminación de este requisito. Por tanto, podrán acceder a la jubilación activa todos los trabajadores que hayan cotizado 15 años o más a la Seguridad Social. Ya no será necesario contar con una carrera completa de cotización.

Por otra parte, se establece una compatibilidad entre la jubilación activa y los incentivos por acceder a la jubilación demorada. Cada año que se demore la jubilación se aumentará el porcentaje de pensión que se podrá compatibilizar, hasta llegar al 100%.

Con la nueva medida, así aumentará el porcentaje de compatibilidad de trabajo y pensión por cada año de demora en la jubilación activa:

  • Un año de demora | 45% de la pensión.
  • Dos años de demora | 55% de la pensión.
  • Tres años de demora | 65% de la pensión.
  • Cuatro años de demora | 80% de la pensión.
  • Cinco años de demora | 100% de la pensión.

De este modo, los trabajadores que decidan acogerse a la jubilación activa dispondrán de nuevos beneficios. Así, podrán aumentar el porcentaje de compatibilidad de la pensión contributiva por cada año demora.

Compatibilidad con un trabajo por cuenta propia

En otro orden de cosas, los expertos de BBVA indican que «en el supuesto de que de que la actividad laboral que se compatibilice con la percepción de la pensión sea una actividad por cuenta propia, el porcentaje inicial de la pensión a percibir será del 75% siempre y cuando se acredite tener contratado indefinidamente, al menos, a un trabajador por cuenta ajena con una antigüedad mínima de 18 meses. (Hasta ahora esa situación daba derecho al cobro de un 100% de la pensión)».

Igualmente, también podrá cobrar un 75% de la pensión inicialmente en caso de que el trabajador autónomo contrate indefinidamente a un trabajador por cuenta ajena. Es otra de las medidas que se incorporan en esta reforma de jubilación activa.

Además, por cada año de demora en la jubilación activa en el caso de trabajadores autónomos, aumentará un porcentaje del 5%. De este modo, los trabajadores autónomos que se encuentren en esta situación también podrán llegar a compatibilizar un 100% de la pensión en la jubilación activa a los cinco años de demora.

El Gobierno anuncia 4 cambios en la jubilación activa, que entrarán en vigor en abril de 2025
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Jubilación
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