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Este es el trámite que debes hacer antes del 31 de marzo para no perder la pensión no contributiva de jubilación

Si la persona beneficiaria de la pensión no contributiva no completa este trámite, el IMSERSO puede suspender el pago de la prestación

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
14/01/2025 21:00 - Actualizado 01/07/2025 13:02
Prestaciones
Trámite obligatorio de la pensión no contributiva del IMSERSO

Trámite obligatorio de la pensión no contributiva del IMSERSO./ Licencia Adobe Stock

Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de jubilación y de una pensión no contributiva de incapacidad, tienen la obligación de presentar un trámite durante el primer trimestre de cada año para no perder el derecho a seguir cobrando la prestación. En este caso, los pensionistas deberán completar este trámite antes del 31 de marzo de 2025.

Hay que recordar que las pensiones no contributivas están destinadas a personas en situación de vulnerabilidad económica que cumplen una serie de requisitos básicos. Además, para tener derecho a cobrar este tipo de pensiones, no es necesario cumplir con ningún requisito de cotización.

Trámite para no perder la pensión no contributiva

En concreto, consiste en un trámite para demostrar que se siguen cumpliendo los requisitos de carencia de rentas para tener derecho a cobrar la pensión no contributiva. Precisamente, en 2025 se ha producido un cambio en los requisitos de carencia de rentas al aplicarse una subida en la cuantía de la pensión no contributiva.

Dicho certificado anual de rentas se puede tramitar a través de la Sede Electrónica del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), que es el organismo encargado de la gestión de este tipo de prestaciones.

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En este certificado, es necesario indicar los ingresos de la persona beneficiaria de la pensión no contributiva, así como los ingresos del resto de miembros de su unidad de convivencia. A partir de ahí, el IMSERSO tiene la obligación de trasladar la información a la Seguridad Social.

Al respecto, los profesionales de BBVA manifiestan que «con los datos declarados por los pensionistas y los disponibles por la Administración Pública se procede a la regularización de los importes percibidos en 2024 y se establece el importe de la pensión a cobrar en 2025, en caso de que la revisión realizada diera lugar a la modificación de la cuantía actualizada inicialmente».

Si una persona beneficiaria de una pensión no contributiva no presenta este documento antes del 31 de marzo de 2025, el IMSERSO procederá a suspender el pago de la pensión no contributiva.

De este modo, el IMSERSO no levantará la sanción hasta que el ciudadano presente la declaración anual y certifique que sigue cumpliendo con los requisitos pertinentes para cobrar la pensión no contributiva. Además, cualquier importe cobrado indebidamente deberá ser devuelto.

Otras obligaciones de las pensiones no contributivas

Tal y como hemos comentado anteriormente, en 2025 se ha producido un aumento del 9% en la cuantía de las pensiones no contributivas del IMSERSO. Con esta revalorización, así quedan las cuantías de las pensiones no contributivas en 2025:

  • Importe de 7.905,80 euros al año. Supone una cantidad de 564,70 euros al mes, ya que estas pensiones se devengan en 14 pagas al año.
  • Las personas perceptoras de una pensión no contributiva de incapacidad con una discapacidad igual o superior al 75%, cobrarán un complemento adicional de 3.952,90 euros al año en 2025.

En otro orden de cosas, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva también tienen otras obligaciones, además de presentar el documento de acreditación de rentas durante el primer trimestre de cada año.

Así, desde BBVA recuerdan que «los perceptores de pensiones no contributivas deben comunicar a su entidad gestora (Instituto Nacional de Seguridad Social-INSS), dentro de los 30 días siguientes a que se produzcan, los cambios de domicilio, el inicio de actividades laborales, así como los cambios en su situación económica o familiar. Se deberá hacer a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o en las oficinas de la Seguridad Social».

En caso de no comunicar algunas de estas situaciones al INSS, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva se enfrentan a diferentes consecuencias, como sanciones o la pérdida de la pensión.

Este es el trámite que debes hacer antes del 31 de marzo para no perder la pensión no contributiva de jubilación
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Pensión
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