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Requisitos para recibir la pensión no contributiva en 2025: el Gobierno lo confirma

Las pensiones se pagan con el Presupuesto de gastos y dotaciones del IMSERSO, pero la gestión de estas prestaciones económicas corresponde a cada autonomía

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
31/12/2024 23:00 - Actualizado 01/06/2025 00:35
Prestaciones
El IMSERSO va a aumentar la pensión de jubilación no contributiva para personas mayores en 2025

El IMSERSO va a aumentar la pensión de jubilación no contributiva para personas mayores en 2025

El cobro de una pensión no contributiva supone recibir una ayuda económica para paliar la ausencia de ingresos y, de esta manera, aliviar el poder adquisitivo de las personas que reciben la prestación y que, generalmente, no han podido obtener grandes beneficios durante su vida laboral. De hecho, esta medida se enmarca dentro de las ayudas destinadas a aquellos colectivos que tienen cotizados menos de 15 años en régimen de Seguridad Social.

De este modo, el Consejo de Ministros, celebrado de forma extraordinaria el pasado viernes, confirmó la subida de las cuantías de las pensiones contributivas para el año 2025. Una revalorización necesaria para que los pensionistas no pierdan capacidad adquisitiva frente a la subida de los precios provocada por la creciente inflación y revaloración del Índice de Precios de Consumo (IPC), que afecta a la economía social encareciendo los productos de la cesta de la compra notablemente. Por tanto, para tener derecho a solicitar una pensión no contributiva (PNC) en España de cara al próximo año, se han de cumplir una serie de requisitos y condiciones.

Requisitos para acceder a una pensión no contributiva

Las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez las abona la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), exceptuando las Comunidades Autónomas de País Vasco, Navarra. En este sentido, aunque estas prestaciones se pagan con el Presupuesto de gastos y dotaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales  (IMSERSO), la gestión de estas prestaciones económicas corresponde a cada autonomía. Así, por ejemplo, en el caso de Andalucía, se gestiona a través de las Delegaciones Territoriales de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Por ello, las personas que deseen optar a una pensión no contributiva en España deberán cumplir con los requisitos establecidos por las instituciones competentes en esta materia, que son las encargadas de legislar y determinar qué tipo de pensión corresponde a cada sujeto en función de su situación personal.

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  • Tener más de 65 años.
  • No tener derecho a una pensión de jubilación contributiva
  • Carecer de rentas suficientes.
  • Residir legalmente en España en la actualidad y durante los dos años anteriores a la solicitud.
  • Haber residido en España durante 10 años desde la edad de 16 años hasta la fecha de la solicitud.

De hecho, la pensión no contributiva de jubilación o jubilación no contributiva es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad igual o superior al 65%.

Causas para perder la pensión no contributiva

Al igual que existen una serie de condiciones y requisitos para optar al cobro de la pensión no contributiva en España, también se pueden dar casos en los que se suprima o se elimine este derecho a recibir la prestación, de acuerdo con la normativa vigente de la Ley de Seguridad Social.

De esta manera, una de las condiciones para poder cobrar la paga no contributiva es no contar con ingresos mayores al límite máximo anual establecido. Por ello, los pensionistas deben presentar al órgano competente de la gestión una declaración de ingresos o rentas computables de la unidad económica de convivencia en el primer trimestre. Si no se presenta, se suspenderá el pago de la pensión hasta que se introduzca y se acredite que se cumplen los requisitos.

También se debe informar de otras variaciones, tales como el estado civil, cambio de residencia, recursos económicos propios y/o familiares, como el acceso a un puesto de trabajo, y cualquier otra situación que pueda impactar en el cambio de sus condiciones de vida. En caso contrario, puede ser motivo de suspensión de la pensión. Hay otros casos en los que el órgano gestor inicia una revisión de oficio como medida de control. En caso de descubrir un cambio no comunicado que puede dar lugar a la modificación de la cuantía de la pensión, a su suspensión o a su extinción, teniendo derecho también a reclamar el abono de atrasos o la reclamación de las cantidades indebidamente percibidas.

Finalmente, si un pensionista tiene unos ingresos que superan el límite permitido para cobrar la pensión no contributiva, puede perderla. Esta cuantía máxima depende de cuántas personas conviven con la persona pensionista y qué parentesco tienen con ella. Para el año 2024, el límite puede ir desde los 11.533,72 euros hasta los 52.580,20 euros al año, según el caso.

Requisitos para recibir la pensión no contributiva en 2025: el Gobierno lo confirma
Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Sobre el autor ▼
Graduado en Comunicación y Relaciones Públicas por la Universidad EADE Málaga, además de ostentar un Máster Oficial de Comunicación e Identidad Corporativa por la Universidad Internacional de La Rioja. Amplia trayectoria en medios de comunicación como El Español y gabinetes de prensa, donde he desempeñado labores de relación con públicos internos y externos -stakeholders-, redacción de contenidos y análisis de intangibles empresariales, entre otras. La planificación de medios y la definición de estrategias son los pilares de un correcto plan de comunicación, por lo que decidí formarme en el sector institucional, corporativo y empresarial, desarrollando acciones para lograr los objetivos marcados por la empresa. Actualmente trabajo como redactor de contenidos en Tododisca, especialmente en las sección de prestaciones y sociedad.
Temas: ImsersoPensiónSeguridad Social
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