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Oficial: 5 motivos por los que puedes perder la pensión de viudedad en 2025

Este ingreso que reciben miles de personas en España puede ser eliminado si la persona viuda no cumple los requisitos establecidos en la Ley de Seguridad Social o cambia de situación

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
21/12/2024 08:30
Prestaciones
Oficial 5 motivos por los que puedes perder la pensión de viudedad en 2025

Motivos por los que puedes perder la pensión de viudedad

La pensión de viudedad, probablemente, sea la manera más amarga de recibir una prestación económica, ya que implica, directamente, el fallecimiento de la persona con la que se ha compartido y vivido toda una vida, hasta formar una familia. Por ello, ante esta triste e irreparable realidad, el Estado trata de paliar la situación económica del cónyuge de la persona difunta, especialmente en aquellos casos en los que el sujeto que ha fallecido era quien ostentaba la mayor parte de los ingresos dentro de la unidad familiar. Por tanto, se deduce que la pensión de viudedad es un elemento clave para las personas que dependen directamente de los ahorros de su pareja.

En este sentido, para muchas mujeres, la pensión de viudedad es su principal ingreso. Dentro de este colectivo existen personas que, al no haber cotizado lo suficiente, reciben prestaciones no contributivas que no son suficientes para poder llevar todos los gastos del día a día. Al depender económicamente del salario de sus parejas, cuando estos fallecen, lo necesitan especialmente. Además, debido a la revaloración del Índice de Precios de Consumo (IPC), este ingreso estatal se requiere más que nunca, incluso con el aumento correspondiente para evitar situaciones de vulnerabilidad y mantener los niveles adquisitivos acorde a la situación familiar.

Motivos para perder la pensión por viudedad

No obstante, este ingreso que reciben miles de personas en España puede ser eliminado si la persona viuda no cumple los requisitos establecidos en la Ley de Seguridad Social o cambia su situación. Por tanto, existen diversos escenarios que se deben conocer para evitar llevarse un disgusto inesperado, dejando de recibir mensualmente la prestación por la pérdida de tu pareja sin saber los motivos que lo han provocado.

De hecho, el primer caso llega cuando la persona viuda vuelve a contraer matrimonio o formar una pareja de hecho. En el momento que el Estado lo detecta, el beneficiario dejará de cobrarla inmediatamente. No obstante, la Seguridad Social establece excepciones que permiten conservar este beneficio. Si el sujeto es mayor de de 61 años o, en caso de ser menor, tener reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta, Gran Invalidez, o acreditar una discapacidad superior al 65%, seguirá cobrando la pensión.

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Además, si una persona vuelve a contraer matrimonio, pero entre ambos cónyuges no se superael doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. La pensión debe representar al menos el 75% del total de tus ingresos anuales. Por otro lado, también puedes perder la pensión de viudedad si existe una sentencia firme que declare a un individuo culpable del fallecimiento de su pareja, si ha sido condenado por homicidio doloso o lesiones hacia tu pareja, a no ser que existiera una reconciliación previa, antes de la muerte. Por último, si se descubre que la persona fallecida realmente está viva, se dejará de recibir de inmediato.

Pensiones viudedad 2025

A partir del próximo día 1 de enero de 2025, todas las pensiones de la Seguridad Social experimentarán una subida del 2,8%. Esto es debido a que todos los años se ajustan las cuantías acordes al IPC con el objetivo de que la subida desmedida de los precios de alimentos y servicios de primera necesidad como luz, gas o agua no tengan un mayor impacto en los bolsillos de un colectivo de más de 9 millones de personas.

Por lo tanto, conociendo el porcentaje de subida, ya se sabe cuanto recibirán las personas viudas a partir del año que viene, con entrada en vigor el mismo 1 de enero. El primer incremento se cobrará el día 25 de enero, con una paga extra en junio y noviembre.

  • Con cargas familiares: 1.062,23 euros, 14.871,22 euros al año.
  • Con 65 años o con una discapacidad igual o superior al 65%: 848,31 euros, 11.876,34 euros anuales en 14 pagas.
  • Entre 60 y 64 años: 793,61 euros, 11.110,54 euros por año.
  • Menores de 60 años: 642,70 euros, 8.997,8 euros al año.
Oficial: 5 motivos por los que puedes perder la pensión de viudedad en 2025
Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Sobre el autor ▼
Graduado en Comunicación y Relaciones Públicas por la Universidad EADE Málaga, además de ostentar un Máster Oficial de Comunicación e Identidad Corporativa por la Universidad Internacional de La Rioja. Amplia trayectoria en medios de comunicación como El Español y gabinetes de prensa, donde he desempeñado labores de relación con públicos internos y externos -stakeholders-, redacción de contenidos y análisis de intangibles empresariales, entre otras. La planificación de medios y la definición de estrategias son los pilares de un correcto plan de comunicación, por lo que decidí formarme en el sector institucional, corporativo y empresarial, desarrollando acciones para lograr los objetivos marcados por la empresa. Actualmente trabajo como redactor de contenidos en Tododisca, especialmente en las sección de prestaciones y sociedad.
Temas: PensiónSeguridad Social
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