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Este es el grado de discapacidad mínimo para cobrar una pensión

Las personas con discapacidad podrán acceder a una pensión siempre y cuando cumplan con un determinado grado de discapacidad

Manuel Ruiz Berdejo López Manuel Ruiz Berdejo López
24/11/2024 19:44
Prestaciones
Persona con discapacidad que puede acceder a una pensión

Persona con discapacidad que puede acceder a una pensión

Parte de la población piensa que las personas con discapacidad pueden acceder a una pensión por el simple hecho de tener discapacidad y no están en lo cierto. Y es que las personas con discapacidad deberán de cumplir con una serie de requisitos para poder acceder a estas prestaciones de las que hablamos.

En este artículo vamos a ver desde que grado de discapacidad pueden acceder estas personas a una prestación por tener discapacidad. Además, vamos a detallar cuales son los requisitos para acceder a una de ellas, como es la pensión no contributiva de invalidez del IMSERSO.

¿Con qué grado de discapacidad puedo cobrar una pensión?

El grado de discapacidad para acceder a una pensión es del 65%, como vamos a explicar a continuación. Pero en primer lugar, debemos de diferenciar cuales son las diferentes clases de discapacidad que existen, entre las que se encuentran:

  • Clase I (0% de discapacidad). La persona es calificada con incapacidad.
  • Clase II (1% al 24% de discapacidad). La persona es calificada con discapacidad leve.
  • Clase III (25% al 49% de discapacidad). La persona es calificada con una discapacidad moderada.
  • Clase IV (50% al 70% de discapacidad). La persona es calificada con una discapacidad grave.
  • Clase V (más del 70% de discapacidad). La persona es calificada con una discapacidad muy grave.

Debemos de tener en cuenta que para acceder a una pensión de discapacidad vamos a tener que escalar hasta la clase IV, ya que la clase I queda fuera de toda pensión por discapacidad, ya que son dolencias diagnosticadas pero que no generan discapacidad alguna. Algo parecido a lo que ocurre con la clase II, donde se mete a las personas tienen una discapacidad leve, entre el 1% y el 24%, y no pueden obtener una pensión por ello. Tampoco recibirán pensión por discapacidad las personas de la clase III, donde se incluye a las personas que tienen una discapacidad moderada (25% al 49%) tampoco tienen derecho una prestación económica por discapacidad.

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Eso sí, estas personas con discapacidad de la clase III si cuentan con mayores descuentos y beneficios fiscales que las personas que ostentan menos del 33%. Un ejemplo son las tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida (tarjetas PMR), las deducciones fiscales, las ayudas para hacer turismo o viajar en transporte público…

Ya si hablamos de la clase IV, entramos en el parámetro donde ya si se puede acceder a pensiones por tener discapacidad, al igual que va a ocurrir en la clase V.

Pensión no contributiva por discapacidad

Una de las prestaciones a las que acceden más personas con discapacidad es la pensión no contributiva de invalidez, que es gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, IMSERSO. La pensión no contributiva de invalidez «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».

Para acceder a esta prestación se deben de cumplir una serie de requisitos, siendo el más relevante que la persona tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además deberá de cumplir estos también:

  • Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
  • Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2024, sean inferiores a 7.250,60 € anuales.

En 2024, la cuantía de esta prestación está fijada en 7.250,60 euros, que se dividen en 14 pagas, 12 mensuales y dos extras, de 517,90 euros. Además, las personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75% es de 10.875,90 euros, con 14 pagas de 776,85 euros.

Este es el grado de discapacidad mínimo para cobrar una pensión
Manuel Ruiz Berdejo López
Sobre el autor ▼
Mi nombre es Manuel Jesús Ruiz Berdejo López y soy periodista especializado en discapacidad, accesibilidad, dependencia, pensiones, prestaciones e IMSERSO en el medio Tododisca. Graduado por la Universidad de Sevilla (US) en 2017, soy un amante del fútbol y del deporte en general, especialista en Marketing Digital, con un máster en Marketing Digital y Social Media 2.0 y un MBA en Marketing con especialización en Marketing Digital realizado en The Power MBA. A lo largo de mi carrera periodistica he trabajado en diferentes medios de comunicación, desarrollando gran parte de ella en ElMira.es, desde 2016, y en Tododisca, desde 2019.
Temas: DiscapacidadesPensión
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