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Jubilación: esto es lo máximo y mínimo que podemos cobrar

La pensión máxima de jubilación no puede superar los 37.566,76€ al año, mientras que el mínimo a recibir está fijado entorno a los 9.000 euros

RD Tododisca RD Tododisca
07/10/2020 10:02 - Actualizado 01/07/2025 13:02
Prestaciones
Dinero pensión de jubilación

Dinero

A medida que nos vamos acercando a la edad de jubilación, nos va interesando más el saber cómo solicitar la pensión, el cuanto vamos a cobrar y si nos pertenece ese dinero que llevamos toda la vida peleando. Debido al complejo sistema de pensiones que tiene España, en este artículo pasamos a explicar cuánto es el máximo y el mínimo que se puede cobrar por la pensión de jubilación.

Para comenzar, debemos acudir a la Sede Electrónica de la Seguridad Social o bien mediante cita online para poder realizar la solicitud de la pensión. Una vez realizado este primer paso, debemos tener en cuenta los requisitos que tenemos que cumplir para cobrar el máximo dinero posible.

¿Cuánto es lo máximo que podemos cobrar en una pensión?

La máxima cuantía que se puede adquirir al mes por jubilación asciende a un total de 2.683,34€ al mes, multiplicado por 14 pagas que suman 37.566,76€ al año. Poder optar a esta cuantía depende básicamente de la base de cotización que hayamos tenido en nuestro puesto de trabajo. Para poder averiguar correctamente nuestra base de cotización, podemos utilizar el simulador de la Seguridad Social.

¿Cuál es la cuantía mínima?

La cantidad de dinero que vayamos a recibir con las pensiones se debe principalmente a la base reguladora que tengamos. Cuanto más baja sea la cuota de alta en la Seguridad Social, menor será la cantidad a recibir cuando pidamos la pensión. En este sentido, entra el aspecto de las prejubilaciones, una opción de jubilación que está causando muchos quebraderos de cabeza al Gobierno.

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Las personas jubiladas con 65 años o más, pueden contar con una pensión mínima de jubilación de 11.806,51€ anuales si tienen cónyuge a cargo, lo que hacen un total de 843,32€ al mes en 14 pagas. En caso de no tener cónyuge a cargo, la cuantía mínima será de  9.081,61 € (648,69 € mensuales).

Asimismo, si pedimos una jubilación anticipada la pensión mínima está fijada en 11.069,13€ anuales, si hay cónyuge a cargo. Lo que son 790,65€ cada mes con dos pagas extraordinarias. En cambio, si no hay cónyuge esta se reduce a los 8.951,65 € que se dividen en 639,40€ al mes.

Otro tipo de pensiones

Por otra parte, en el caso de tener una pensión de invalidez y tienes más de 65 años, la cantidad a cobrar es de 17.709 euros anuales, es decir, 1.264 al mes en 14 pagas. En este caso también se tienen en cuenta si tenemos un cónyuge a cargo. En caso de contar con un cónyuge a cargo el importe mínimo es de 13.623,11 €. Lo que representa una prestación mensual de 973,08 €. Por el contrario, si no se tiene cónyuge, la cantidad anual mínima sería de 14.353,43 € -1.025,24 € por mes-.

¿Cómo calcular la pensión?

  1. Averigua cuáles son tus bases de cotización. Lo puedes hacer en este enlace.
  2. Aplícalas al periodo de referencia para calcular tu base reguladora. Este cálculo se realiza sumando una a una las bases de cotización de los 264 meses comprendidos en los 22 años del periodo de referencia.
  3. Tras sumar esas 264 bases de cotización, que será una cifra bastante elevada, divide la cantidad resultante entre 308. El resultado será tu base reguladora.

En resumen, con un total de 35 años y medio cotizados podrás recibir el 100% de tu jubilación correspondiente (siempre y cuando haya cumplido la edad de jubilación).

Jubilación: esto es lo máximo y mínimo que podemos cobrar
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