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La Seguridad Social reduce la pensión no contributiva: Podrías cobrar solo 129 euros

Las rentas que se perciben así como los miembros que conforman la unidad de convivencia, son datos fundamentales para la Seguridad Social

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Lidia Orellana Mayor
30/07/2024 14:00
Prestaciones
La Seguridad Social puede atribuir un mínimo de 129 euros de pensión no contributiva

La Seguridad Social puede atribuir un mínimo de 129 euros de pensión no contributiva

La Seguridad Social es el organismo que se encarga de determinar qué importe recibe cada persona en cuanto a pensión se refiere. Este organismo es bastante estricto y riguroso a la hora de marcar cada cuantía, puesto que su objetivo es que cada beneficiario reciba el dinero que le corresponde en base a los requisitos que cumple y las necesidades con las que cuenta. Sin embargo, es importante que cada pensionista se cerciore de este hecho si no quiere recibir un importe menor al que podría acceder.

Concretamente, las personas que se benefician de una pensión no contributiva o PNC. ¿El motivo? Que es posible que vean reducida su prestación. Y es que desde la Seguridad Social, tienen marcados unos parámetros mediante los que establecen el importe final que se concede, en base a los ingresos que perciba el beneficiario. El problema es que si la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) decide reducir tu prestación al mínimo, podrías cobrar tan solo 129 euros de pensión.

Reducción de la pensión no contributiva de la Seguridad Social

Una pensión no contributiva es una prestación económica que concede la Seguridad Social a todas aquellas personas que no cuentan con los requisitos suficientes para acceder a una pensión contributiva. Uno de los requisitos fundamentales es precisamente, el haber cotizado una serie de años a la Seguridad Social.

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La Seguridad Social determina el importe de las pensiones no contributivas en cada caso
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En cualquier caso, estas premisas son fundamentales, pues en base a ellas, se determina el importe de la pensión que le corresponde a una persona. Es por eso que en caso de error, es fundamental contactar con el organismo, pues cualquier mal cálculo de tu prestación, puede hacer que solo tengas acceso al importe mínimo.

Y es que se trata de una ayuda económica cuyo fin es que las personas que no cuentan con un nivel mínimo de ingresos, estén protegidas de caer en una situación de pobreza y exclusión social. Las pensiones no contributivas están disponibles para todos los que cumplan los requisitos, aunque están pensadas fundamentalmente para sectores más vulnerables como son personas mayores y personas con discapacidad, cuyo acceso al mercado laboral, además, es más complicado.

Cuantías establecidas

Pero, ¿Qué cuantía puede recibir una persona? En este sentido, el baremo estimado varía en base a determinados criterios que contempla la Seguridad Social, con objeto de que la ayuda sea lo más justa posible para el beneficiario. Por ello, se tienen en cuenta factores como los ingresos que tenga la persona o los miembros que conformen la unidad de convivencia. En este sentido, las cuantías pueden variar en torno a:

  • Los 129,48 euros. Este es el mínimo que la Seguridad Social puede atribuir en concepto de pensión no contributiva. Lo que significa, una cantidad muy baja a lo que una persona beneficiaria de esta ayuda puede aspirar.
  • 517,90 euros. Esta cuantía máxima se establece para quienes cuentan con unas rentas casi inexistentes. Por tanto, es fundamental argumentar a la Seguridad Social el nivel de rentas y las circunstancias familiares.

La duda más frecuente cuando se solicita una pensión no contributiva a la Seguridad Social es sin duda conocer qué cantidad de dinero podemos percibir. Para el beneficiario, este dato es fundamental, pues se trata de personas que no tienen acceso a otras rentas o estas no son muy elevadas. Sin embargo, hay una serie de requisitos que deben cumplirse para poder acceder a esta prestación. Estos son:

  • Tener al menos 65 años o 60 en caso de invalidez.
  • Residir legalmente en España durante al menos 10 años entre los 16 años y la edad de jubilación, y 2 de esos años deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.
  • No tener rentas o ingresos suficientes para establecer los límites establecidos. En 2024 se sitúa este límite en los 6.816,48 euros anuales para un pensionista individual y en 13.632,96 euros anuales para una unidad económica de convivencia con cónyuge.
Temas: Seguridad Social
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