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Cobrar el Ingreso Mínimo Vital viviendo sola: la Seguridad Social lo aclara

La Seguridad Social contempla la cuantía de Ingreso Mínimo Vital (IMV) que se concede a cada beneficiario en base a las circunstancias de cada uno

Lidia Orellana Mayor Lidia Orellana Mayor
12/06/2024 16:00 - Actualizado 05/06/2025 09:47
Prestaciones
Casos en los que una persona que vive sola puede acceder al Ingreso Mínimo Vital

Casos en los que una persona que vive sola puede acceder al Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica concedida a las personas que están en riesgo de pobreza y exclusión social. No se trata de una prestación fija que sustituye a un salario, sino que tiene el objetivo de servir de transición entre ese momento en el que no disponen de rentas para subsistir, y el momento en el que acceden a un empleo que les permita ganar un salario digno con el que poder tener un nivel adquisitivo digno.

La duda habitual gira en torno a cuál es la cantidad establecida como prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Pues bien, no existe una asignación fija que se conceda a todos los beneficiarios. Para que esta ayuda sea lo más justa posible y llegue de igual modo a quien realmente lo necesita, la Seguridad Social establece unas premisas, en base a las cual, el beneficiario recibe más o menos dinero. Algunas de estas premisas son si es una persona que vive sola o está integrada en una unidad de convivencia, o si cuenta con un salario o es desempleado.

Cobrar el Ingreso Mínimo Vital viviendo sola

Las personas que no están integradas dentro de una unidad de convivencia, es decir, que viven solas, también tienen derecho a beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para este cupo de personas, también existen unos requisitos que deben cumplirse si quieren percibir la ayuda. Pues con el fin de cumplir con su misión de evitar de una situación de pobreza a las personas que estén en una situación de vulnerabilidad, la Seguridad debe contemplar cada situación concreta.

El importe del Ingreso Mínimo Vital depende de las circunstancias del beneficiario
El importe del Ingreso Mínimo Vital depende de las circunstancias del beneficiario

Cabe señalar, que tan importante es que la Seguridad Social compruebe que se cumplen esos requisitos antes de conceder la ayuda, como con el paso del tiempo. Pues no debemos olvidar que se trata de una ayuda de tránsito. Esto significa, que el objetivo final es que los beneficiarios consigan la forma de acceder al mercado laboral y por tanto, a un salario con el que mantenerse.

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Tanto es así, que si la administración averigua que un beneficiario sigue cobrando el IMV a pesar de haber cambiado su situación económica, este puede tener consecuencias. Es por ello, que uno de los mecanismos de control se llevan a cabo a través de la declaración de la Renta. Y es que esta gestión, es de obligado cumplimiento para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Pues de este modo, Hacienda conoce cada año las rentas percibidas por los beneficiarios y puede comprobar si su situación ha cambiado.

Personas que pueden percibir esta ayuda solas

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) nace con el objetivo principal de paliar la situación de vulnerabilidad de las personas con menores a su cargo. Es decir, de las unidades de convivencia familiar, para combatir la pobreza infantil en España. Sin embargo, la normativa hace extensible esta ayuda y también contempla que la perciban las personas que viven solas.

Pero, ¿Cuáles son los casos en los que una persona que vive sola puede acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV)? Son los siguientes:

  • Personas sin hogar.
  • Mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos.
  • Entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores.
  • A partir de 23 años, que aunque compartan domicilio con otras personas, no integren una unidad familiar. Para ello, tienen que darse estas circunstancias:
    • No estén casadas, con la excepción de que estén en trámites de divorcio o separación.
    • No tengan pareja de hecho.
    • Que tampoco estén integrados en otra unidad de convivencia.
Cobrar el Ingreso Mínimo Vital viviendo sola: la Seguridad Social lo aclara
Lidia Orellana Mayor
Sobre el autor ▼
Soy licenciada en periodismo por la Universidad Europea de Madrid. Cuento con un Máster en Márketing Digital y RRSS, y un experto en gabinetes de comunicación política. Mi primera etapa profesional, la ocupé trabajando como redactora en medios de comunicación como Antena 3. Con objeto de conocer la 'otra parte' de la profesión, más tarde me especialicé en gabinetes de comunicación, trabajando en la planificación de estrategias de diversas empresas privadas y partidos políticos. Actualmente, aunando mi experiencia y mi pasión por escribir, soy redactora de las secciones de sociedad, empleo y prestaciones de Tododisca.
Temas: Ingreso Mínimo VitalSeguridad Social
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