La incapacidad permanente total es aquella que inhabilita a un trabajador para desempeñar la profesión habitual. Sin embargo, la percepción de una pensión por este hecho es compatible con la realización de otro tipo de actividad laboral, siempre que no entre en conflicto con el grado de invalidez reconocido.
La cuantía de la pensión de incapacidad permanente total de la Seguridad Social se basa en el 55% de la base reguladora. Si bien, podría aumentar hasta el 75% al cumplir los 55 años de edad, siempre que el trabajador no se encuentra activo laboralmente.
Hay que tener claro que la incapacidad permanente total es compatible con otro tipo de trabajo que no entre en conflicto con el grado de invalidez reconocido por la Seguridad Social. Además, esta pensión es revisable, habitualmente cada dos años.
Motivos por los que se puede dejar de cobrar la incapacidad permanente
La pensión de incapacidad permanente puede tener carácter vitalicio y percibirse hasta alcanzar la edad de jubilación. Sin embargo, es necesario aclarar que existen determinados motivos por los que se podría dejar de cobrar este tipo de pensiones, concretamente la incapacidad permanente total.
Actualmente, en España, casi 600.000 personas son beneficiarias de una pensión de incapacidad total. Así, esta prestación tiene el objetivo de paliar la pérdida de ingresos del trabajador a causa de un accidente u enfermedad, sean o no laborales.
A continuación exponemos algunos de los motivos por los que puedes perder el derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente:
- Revisión de incapacidad: La incapacidad permanente total es revisable, normalmente cada dos años. Si el estado de salud mejora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede revocar el derecho a percibir dicha prestación. En caso de desacuerdo, la persona afectada tiene la posibilidad de reclamar ante la justicia.
- Incompatibilidad laboral: Si la persona que recibe una incapacidad permanente realiza una actividad que entra en conflicto con dicho grado de invalidez la Seguridad Social tiene la potestad para poner fin a la percepción de dicha prestación.
- No acudir a la revisión: También puede ocurrir que la personas beneficiaria de una incapacidad permanente total no acuda a la revisión citada con el Tribunal Médico. En ese caso también podrías perder la pensión.
- Dejar el tratamiento médico: Si el paciente abandona por sí mismo el tratamiento médico y la incapacidad empeora bajo su responsabilidad, la Seguridad Social podría retirar el derecho a percibir la correspondiente pensión.
- No aportar la documentación requerido: El Instituto Nacional de la Seguridad Social puede requerir cualquier documento en cualquier momento, pero especialmente en en la revisión con el Tribunal Médico.
Una última opción posible
Además de estos cinco motivos, también puede darse otra posibilidad. Aunque se de en muy pocos casos, ha ocurrido en más de una ocasión y también es motivo para perder la incapacidad permanente total.
Puede ser que la Seguridad Social requiera un segundo diagnóstico sobre el paciente y provocar un cambio de resolución en cuanto al grado de incapacidad permanente a percibir o si el trabajador en cuestión cumple los requisitos para percibir una pensión de estas características.