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Estas son las 2 ayudas económicas para las personas con discapacidad en la Comunidad Valenciana

La Generalitat Valenciana ofrece la oportunidad de acceder a una prestación económica a las personas con discapacidad

Manuel Ruiz Berdejo López
07/05/2025 09:00
Discapacidad
La Comunidad Valenciana cuenta con dos prestaciones económicas dirigidas a las personas con discapacidad

La Comunidad Valenciana cuenta con dos prestaciones económicas dirigidas a las personas con discapacidad

La Generalitat Valenciana cuenta con diferentes tipos de ayudas para las personas con discapacidad, siendo siempre las más reclamadas las económicas, en la que estas personas perciben una prestación económica por sus servicios.

En este artículo vamos a mostrar cuales son estas dos ayudas económicas para las pe rsonas con discapacidad en la Comunidad Valenciana y cuales son los requisitos que se deben de cumplir para acceder a ellas.

2 ayudas económicas para las personas con discapacidad en la Comunidad Valenciana

La Generalitat Valenciana ofrece la posibilidad a las personas con discapacidad de poder acceder a dos tipos de prestaciones económicas.  A esto hay que añadirle la pensión no contributiva que ofrece el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO.

Dicha prestación «asegura a todos los ciudadanos en situación de incapacidad y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios». El requisito es tener más de 18 años y menos de 65 y un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

A continuación vamos a mostrar todos los detalles de la dos ayudas económicas que ofrece las personas con discapacidad en la Comunidad Valenciana.

Prestación económica individual de desarrollo  personal

Desde la Generalitat Valencia explican que las prestaciones económicas individuales de desarrollo personal son «prestaciones económicas individualizadas, que se conceden con carácter de subvención personal y finalista para la promoción de la autonomía personal».

Para acceder a esta prestación económica, la persona con discapacidad debe de cumplir una serie de requisitos, entre los que encontramos:

  • Ser menor de 65 años.
  • Tener una renta individual per cápita familiar inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
  • Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad o diversidad funcional.
  • Residir en la Comunitat Valenciana.
  • Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.

Además, desde la Generalitat explican que en el caso de ayudas de transporte, además, es preciso tener reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida, no estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral y no tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.

En todo caso, los beneficiarios de las ayudas deberán reunir los requisitos que se establecen con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, es precisa la idoneidad de la actuación o ayuda solicitada para cubrir las necesidades que plantea el solicitante, que deberá ser evaluada por el órgano instructor, conforme a las condiciones para la concesión.

Ayuda para la atención institucionalizada a personas con discapacidad y enfermedad mental crónica

Otras de las ayudas que pueden percibir las personas con discapacidad son las ayudas para la atención institucionalizada, que está dirigida a personas con discapacidad y enfermedad mental crónica. 

En este sentido, señalan que las ayudas de atención complementaria para la atención especializada podrán ser solicitadas por las personas afectadas por algún tipo de discapacidad, que se encuentran en situación de extrema urgencia y necesidad, y carezcan de recursos económicos suficientes, que les impida hacer frente al precio de un servicio de atención residencial especializada, o por su representante legal o, en su caso, guardador de hecho.

Las personas que soliciten estas ayudas deberán reunir con anterioridad a la publicación de la orden de convocatoria los siguientes requisitos:

  • Ser menor de 65 años y mayor de 16 años de edad.
  • Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad y, en su caso, tener solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia.
  • Estar afectado por una discapacidad que dificulte su integración social, o bien carecer de domicilio o tener una situación familiar grave que impida la atención del individuo que, por sus características personales, no puede desarrollar una vida autónoma.
  • Carecer de recursos económicos individuales y familiares suficientes, que les impida hacer frente al precio de un servicio de atención residencial especializado.
  • Tener establecida la extrema urgencia y necesidad de la ayuda mediante los informes correspondientes.

Para más información puedes visitar la web oficial de la Generalitat Valenciana. 

Temas: DiscapacidadesPrestaciones
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