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8 claves de la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad

El Gobierno de Pedro Sánchez da luz verde y manda al Congreso la reforma de las nuevas leyes de Dependencia y Discapacidad

Manuel Ruiz Berdejo López Manuel Ruiz Berdejo López
19/07/2025 14:00 - Actualizado 28/09/2025 22:08
Discapacidad
8 claves de la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad

8 claves de la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad

El pasado martes 15 de julio el Consejo de Ministros del Gobierno de España, liderado por Pedro Sánchez, daba luz verde al  proyecto de ley para reformar dos normas: la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.

Esta reforma ha sido calificada por Pablo Bustinduy, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, como «un paso decisivo para construir un sistema de cuidados público y de calidad” tanto para las personas en situación de dependencia como para las que tienen una discapacidad, y que “promoverá el derecho universal al bienestar, a la vida independiente y la autonomía personal».

10 claves de la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad

Tras analizar toda la información que ha sido facilita por el Gobierno hasta ahora sobre este nuevo proyecto de ley, vamos a destacar cuales son las 10 claves de la reforma que se tienen que llevar a cabo.

1.La nueva reforma va a suprimir el régimen de incompatibilidades en las prestaciones de la dependencia que se introdujo en el año 2012, para permitir una mayor personalización en la atención a cada persona. De esta manera, es posible compatibilizar el acceso al empleo con los servicios y prestaciones del sistema.

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Además, debemos de tener en cuenta que «introduce la posibilidad de que una persona en situación de dependencia en grado II o III pueda recibir una prestación transitoria o un servicio transitorio que se adapte a su voluntad, deseos y circunstancias cuando no pueda acceder de inmediato al recurso que ha solicitado y que le corresponde por grado».

2. Se incluyen nuevos servicios en el catálogo, entre los que podemos destacar:

  • Cuidados y apoyos en viviendas compartidas y también nuevos modelos de convivencia colaborativa.
  • Se servirán, mediante préstamo o cesión temporal, productos de apoyo que mejoren la autonomía como sillas de ruedas eléctricas, andadores, camas articuladas o asistentes de voz.
  • Se ofrecerán servicios de asistencia personal para aquellas personas que lo deseen y tengan mayores necesidades de apoyo.

3. La teleasistencia como un derecho universal para todas las personas en situación de dependencia, garantizando su acceso con independencia del territorio en el que residan.

Además, la teleasistencia se eleva a rango de ley el carácter complementario de la teleasistencia, estableciendo que no puede ser considerada como única prestación, sino que debe combinarse con otros apoyos.

4. Se extiende el servicio de ayuda en el domicilio a actuaciones que van más allá del ámbito doméstico y de las necesidades de cuidado personal que tenga la persona usuaria. Para ello se ofrece la posibilidad de que la persona cuidadora pueda acompañarla en otras actividades dentro de su entorno comunitario como ir al médico o a hacer la compra.

Además, la reforma también incluye la asistencia personal como un servicio más del Sistema.

5. Una de las medidas más importantes es el reconocimiento automático de un 33% de discapacidad a las personas a las que se les asigne un grado I en el Sistema de la Dependencia. Como novedad, en la segunda vuelta, se ha incorporado que las personas que obtengan un grado II o III de dependencia tendrán una pasarela para ser reconocidas con el 65% de discapacidad. Las personas que lo deseen podrán solicitar una valoración individualizada de la discapacidad para obtener un grado de discapacidad superior al previsto automáticamente en estas pasarelas.

6. Accesibilidad universal como reivindicable ante cualquier instancia, de forma que se puede exigir la accesibilidad en edificios o en servicios que sean públicos. Para ello, se creará un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias.

7. Esta reforma de las leyes de discapacidad y dependencia contempla también importantes medidas referentes a la tecnología y en las que se reconoce tanto sus potencialidades como sus riesgos. Así, se busca mejorar la calidad de los servicios mediante el desarrollo de nuevas herramientas avanzadas de evaluación, supervisión y control, así como para promover la innovación social.

8. También se incluye la consideración de los centros de día como un servicio de proximidad fundamental para la permanencia de las personas en su domicilio. Esto supondrá que estos centros se abrirán para prestar apoyos también fuera de sus instalaciones.

Lo harán atendiendo en sus propios domicilios o en espacios de su entorno a aquellas personas usuarias que vivan cerca y lo requieran.

8 claves de la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad
Manuel Ruiz Berdejo López
Sobre el autor ▼
Mi nombre es Manuel Jesús Ruiz Berdejo López y soy periodista especializado en discapacidad, accesibilidad, dependencia, pensiones, prestaciones e IMSERSO en el medio Tododisca. Graduado por la Universidad de Sevilla (US) en 2017, soy un amante del fútbol y del deporte en general, especialista en Marketing Digital, con un máster en Marketing Digital y Social Media 2.0 y un MBA en Marketing con especialización en Marketing Digital realizado en The Power MBA. A lo largo de mi carrera periodistica he trabajado en diferentes medios de comunicación, desarrollando gran parte de ella en ElMira.es, desde 2016, y en Tododisca, desde 2019.
Temas: DependenciaDiscapacidades
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