¿El subsidio para mayores de 52 años se puede solicitar con una edad menor?

El subsidio para mayores de 52 años puede cobrarse hasta alcanzar la edad de jubilación y se cotiza mientras dura la percepción del mismo

Subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas económicas que recoge el sistema español y que tiene como objetivo ofrecer protección a un determinado colectivo ante una situación de desempleo y a partir de una determinada edad.

En concreto, este subsidio está dirigido a personas con 52 años o más que hayan agotado la prestación o subsidio por desempleo. Además, también es necesario cumplir con todos los requisitos establecidos previamente por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Cabe destacar que el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta cumplir la edad de jubilación, siempre que la persona beneficiaria sigua cumpliendo cada año con los requisitos que le dieron derecho a acceder a esta prestación.

Cuándo se puede solicitar el subsidio

Puede ocurrir que la situación que da derecho al subsidio se produzca después de los 52 años de edad. En estas situaciones, la persona interesada puede solicitar la percepción de la prestación a partir del momento en el que se cumpla el plazo de espera de un mes o se acredite la situación legal de desempleo, de forma involuntaria.

subsidio SEPE
Subsidio

Así, desde la Seguridad Social explican que el derecho a recibir el subsidio se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el mes de espera o desde el día siguiente a la situación legal de desempleo.

En cualquier caso, no es posible solicitar este subsidio con una edad menor de 52 años. Sin embargo, puede darse la circunstancia de que la situación que da derecho a recibir este subsidio se produzca antes de los 52 años.

Cuando esto ocurre, la solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles después de cumplir los 52 años. Si en ese momento, la persona solicitante está percibiendo otro subsidio, por norma general dejará de recibirlo para pasar a percibir el de mayores de 52 años.

Duración y cuantía

Como apuntábamos anteriormente, uno de los aspectos característicos del subsidio para mayores de 52 años es que se puede cobrar hasta cumplir la edad ordinaria de jubilación. Para ello, es necesario cumplir con los requisitos que dieron acceso a dicho subsidio.

Por ejemplo, cada año, la persona beneficiaria deberá presentar un documento conocido como Declaración Anual de Rentas. Con él debe acreditar que sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.

Además, el plazo para presentar dicha declaración es de 15 días desde que se cumplan los doce meses de percepción del subsidio. En caso de no presentar la declaración en el plazo indicado, el SEPE interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

Y es que ese es otro de los elementos claves de este subsidio, ya que durante su percepción se cotiza a la Seguridad Social de cara a la futura pensión de jubilación.

En este sentido, es la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) quién ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Finalmente, la cuantía de este subsidio es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En 2021 ha ascendido hasta 451,92 euros al mes, repartidas en 12 pagas. En 2020 dicha cuantía se estableció en 430,27 euros al mes.

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