En Cataluña, para solicitar la prestación de dependencia personal tienes que contactar con la Generalidad de Cataluña, o Generalitat de Catalunya, liderada actualmente por el interino Pere Aragonès. En este caso, el órgano que se encarga de la gestión es el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad.
El proceso de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) no es un proceso sencillo. Aunque parezca una ayuda nacional, que depende del Gobierno de España, los órganos gestores son las Comunidades Autónomas y las Direcciones Territoriales del Imserso.
Dependencia
La dependencia es la incapacidad funcional para el desarrollo de actividades de la vida diaria. Estas personas que se encuentran en situación de dependencia requieren de ayuda para realizar estas actividades diarias, ya sea de familiares, asistente personales o profesionales.
Si hablamos de dependencia en España, tenemos que mencionar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de Dependencia. El objetivo de esa ley, formulada en 2007, fue incorporar al sistema público atención a la dependencia. Aunque parezca algo normal en la actualidad, en su día el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia fue un grandísimo avance en el desarrollo de los derechos sociales en el territorio español.
Para la Generalidad de Cataluña la dependencia es un estado de carácter permanente en qué se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad y relacionadas con la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesitan de la atención de otra persona o de ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
El reconocimiento oficial de la situación de dependencia en alguno de los grados establecidos es un requisito básico para poder acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidos por la Ley de la dependencia.
¿Dónde solicitar la situación de dependencia en Cataluña?
Las solicitudes de reconocimiento de la dependencia se derivan a los Servicios de Valoración de la Dependencia (SEVAD). Este órgano es dónde se realizará la valoración para determinar el grado de dependencia.
El Servicio de Valoración de la Dependencia (SEVAD) del Consorcio Sanitario Integral se puso en marcha en el 2007. El Consorcio Dispone de cinco de los equipos de SEVAD establecido en en Cataluña. Físicamente, se encuentra ubicados en L’Hospitalet de Llobregat, en el recinto del Hospital General del Hospitalet. La localización exacta es la avenida Josep Molins, 29-31. CP: 08906.
Los equipos para las valoraciones de las poblaciones asignadas por territorio son:
- L’Hospitalet – El Prat
- Barcelona Centro – Norte
- Baix Llobregat Litoral
- Barcelona: Sant Andreu, Gracia y Eixample derecha
- Barcelona: Las Cortes, Sants-Montjuïc y Eixample izquierda
Su funciones están relacionadas con el Convenio de Colaboración que mantiene el Consorcio con el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalidad de Cataluña, por lo que quita a quepo los trámites y las valoraciones funcionales de las personas que han conseguido la concesión del reconocimiento de la dependencia.
A partir del informe del Proceso de valoración, la Dirección del Servicio de Atención a Personas de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias emite la resolución del grado y nivel de dependencia.
Requisitos para solicitar la dependencia
El gobierno catalán pone dos requisitos claves para solicitar la dependencia:
- Residir en el territorio español y haberlo hecho al menos durante cinco años.
- Dos de los cinco años de residencia en territorio español deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
El SEVAD se encarga de la valoración y propuesta de grado de dependencia. Todo ello de acuerdo con los criterios y protocolos establecidos por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Pasos para solicitar la dependencia en Cataluña
Para solicitar la dependencia en Cataluña se debe presentar presencialmente la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia. En este sentido, desde el ejecutivo señalan que es conveniente presentar la declaración responsable, con los datos para calcular la capacidad económica debidamente rellenada y firmada, junto con el formulario de solicitud.
Dicha solicitud se puede presentar en Ayuntamientos, oficinas de Asuntos Sociales y Familias, oficinas de Atención Ciudadana del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias; oficina de Atención Ciudadana en Girona, oficina de Atención Ciudadana en las Tierras del Ebro; oficinas de registro de entrada y salida de documentos de la Generalitat de Catalunya; y e n cualquiera de los sitios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas régimen jurídico y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Respuesta de la Administración
Resolución de reconocimiento de la situación de dependencia: en el plazo de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Si pasado estos tres meses no se ha recibido respuesta de la Administración, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Programa Individual de Atención (PIA): en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia.
¿Se puede presentar una reclamación?
En caso de disconformidad con el grado otorgado en el informe de valoración, la persona interesada puede presentar una reclamación. Para ello contará con un plazo de 30 días a contar desde la fecha de la notificación de la resolución. Si es preciso, se adjuntará un informe médico que deberá aportar información relativa a la salud con diagnósticos previos a la fecha de valoración.
Recibir la ayuda a la dependencia
La ayuda que recibirá la persona solicitante quedará definida en el Programa Individual de Atención (PIA). Este es el órgano donde se determinarán las modalidades de intervención más adecuadas según sus necesidades.
Prestaciones de servicios sociales según las necesidades
Tienen carácter prioritario y se facilitan a través de la oferta pública de la Red Pública de Servicios Sociales mediante centros y servicios públicos o privados concertados debidamente acreditados. En caso que la atención a través de alguno de estos servicios (públicos o concertados) no sea posible, se concederán prestaciones económicas vinculadas, en todo caso, a la adquisición de servicios.
Prestaciones económicas
Se prevén tres tipos de prestaciones económicas:
- Vinculada al servicio
- Para tener cura del entorno familiar y la ayuda para personas cuidadoras no profesionales
- Para la asistencia personal
Ayudas para facilitar la autonomía personal en forma de subvenciones
Los servicios y las prestaciones económicas se ofrecen según la situación personal de la persona solicitante (grado de dependencia, renta y patrimonio); del entorno familiar y de la disponibilidad de los servicios en la residencia de la persona con dependencia.