El 7 de abril de 2022 comienza la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio del año 2021. Así, las pensiones de jubilación en España también están sujetas a retención del IRPF en determinados casos, ya que se considera un rendimiento del trabajo.
Es cierto que en 2022 se ha producido un incremento en la cuantía de las pensiones de jubilación contributiva en un 2,5%, debido al nuevo mecanismo de revalorización de las pensiones en función del IPC. Si bien, hay que tener en cuenta que la próxima Campaña de la Renta está vinculada con el ejercicio de 2021.
Así, las retenciones del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), está determinado por la cuantía de la pensión que percibe el ciudadano de forma mensual.
Tramos de retención del IRPF en 2022
Teniendo en cuenta todo lo aportado anteriormente, así quedan los tramos de retención del IRPF en la pensión de jubilación correspondientes a la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021, la cual se llevará a cabo a partir del 7 de abril de 2022.
- Retención mínima inferior al 1% | Hasta los 12.000 euros anuales.
- Cantidades entre 12.001 y 18.000 euros anuales | Sujetas a un IRPF mínimo de 2,81%.
- Entre 18.0001 y 24.000 euros anuales | Sujetas a un IRPF mínimo de 8,69%.
- Las cantidades de pensión anual entre 24.001 y 30.000 euros anuales | Sujetas a un IRPF mínimo de 11,83%.
- Cantidades superiores a 30,000 euros anuales | Sujetas a 15,59% mínimo del IRPF.
Según informan desde la entidad bancaria ‘Bankiter’, las retenciones del IRPF establecen la cantidad real que percibe cada mes un pensionista en su cuenta.
Por otra parte, es necesario aclarar que las retenciones no tienen necesariamente que reflejar la obligación del pago del pensionista por su IRPF. En estos casos, cuando se lleve a cabo la declaración de la renta tendrá que pagar más, siendo lo más normal que salgan a devolver.
En este hecho influyen varios factores como algún grado discapacidad, mínimo personal o familiar que tenga derecho el pensionista por edad; ingresos adicionales recibidos durante el resto del año o alguna otra deducción derivada de la situación familiar.
Si bien, para realizar el cálculo definitivo de la retención del IRPF en 2022, la Seguridad Social ha de tener en cuenta la circunstancias personales de la persona beneficiaria de la pensión. En caso de que ese cálculo no se haya aplicado correctamente, el pensionista puede reclamar un nuevo cálculo.
Retención de la pensión de jubilación en 2022
A efectos del IRPF, las pensiones de jubilación contributivas son consideradas como rendimientos del trabajo. Por ello, Hacienda retiene un porcentaje de dicha prestación, en función de diferentes factores que son necesarios conocer.
El porcentaje retenido por Hacienda depende mayormente de dos aspectos claves, como son la cuantía de la pensión y la situación familiar de la persona beneficiaria. Es decir, las pensiones con una mayor cuantía tendrán un mayor porcentaje de retención del IRPF. No obstante, si el pensionista acredita algún tipo de discapacidad, esta retención será menor.
Prestaciones exentas de retención en 2022
En el sistema español de pensiones encontramos una serie de prestaciones que están exentas de retención del IRPF por Ley. Así, estas son las pensiones que no tienen retención del IRPF en 2022:
- Pensiones por incapacidad permanente absoluta o de Gran Invalidez; las dos de mayor grado.
- Prestaciones que vengan derivadas de actos de terrorismo, medallas y condecoraciones concedidas a causa de este tipo de acontecimientos.
- Pensiones de orfandad
- Pensiones reconocidas a personas que sufrieron algún tipo de lesión o mutilación durante la Guerra Civil española.
- Prestaciones en favor de familiares. Eso sí, deben ser menores de 22 años.
Además, en algunas ocasiones puede darse el caso de que una persona reciba una pensión y a la misma vez otros ingresos como rentas de trabajo. En estas circunstancias, el mínimo exento de declarar bajo la regla general será de 14.000 euros; si los cobros de otros pagadores hubieran sido superiores a 1.500 euros anuales en su conjunto. De esta forma lo establece el Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migración.
Por último, una persona no tiene la obligación de presentar una Declaración de la Renta en caso de que los únicos ingresos que recibe sean prestaciones no contributivas; ya sea por el hecho de haber dejado de trabajar sin tener acceso aún a una pensión de jubilación o por una discapacidad mayor al 65%.