En muchas ocasiones, las personas que pasan a situación de paro no saben si realmente le corresponde cobrar la prestación contributiva por desempleo. Y en caso que les corresponda, tienen cierta inquietud sobre cuál será la duración de percepción del paro a la que tienen derecho.
Inicialmente, es necesario destacar que la Seguridad Social indica que «la prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %».
Igualmente, para tener derecho a cobrar la prestación del paro, se deben cumplir una serie de requisitos estipulados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); que también se encarga de la gestión de diferentes subsidios por desempleo.
Requisitos prestación contributiva por desempleo
Para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, se deben cumplir determinados requisitos esenciales, entre los que se encuentran condiciones claves de cotización. Las personas con una cotización inferior a 360 días no les corresponderá paro.
Si bien, el SEPE cuenta con el subsidio por cotización insuficiente, pensado especialmente para aquellas personas que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
Con todo ello, estos son algunos de los requisitos indispensables para poder cobrar la prestación del paro en España:
- Estar afiliado o en situación de alta en la Seguridad Social. Siempre en un régimen que contemple las contingencias por desempleo.
- Encontrarse en situación de desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Estar inscrito como demandante de empleo. Se debe mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción de la prestación.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
Finalmente, el SEPE también exige haber trabajado y cotizado a desempleo durante al menos 360 días en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
Periodo de duración del paro
La Seguridad Social expone que «la duración depende de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que ceso la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior».
Para determinar la duración de la prestación contributiva del paro, la Seguridad Social aplica la siguiente escala:
Días de cotización | Días de prestación |
---|---|
de 360 a 539 | 120 |
de 540 a 719 | 180 |
de 720 a 899 | 240 |
de 900 a 1079 | 300 |
de 1080 a 1259 | 360 |
de 1260 a 1439 | 420 |
de 1440 a 1619 | 480 |
de 1620 a 1799 | 540 |
de 1800 a 1979 | 600 |
de 1980 a 2159 | 660 |
desde 2160 | 720 |
Si se trata de personas emigrantes retornadas o liberadas de prisión, la duración del paro se calcula según las cotizaciones realizados en los seis años anteriores a la salida de España o ingreso en prisión. Así lo establece la normativa.
Además, los ciudadanos disponen de un servicio de autocálculo en la página web del SEPE en el que pueden obtener una estimación sobre la duración y cuantía a percibir en su correspondiente prestación contributiva por desempleo.