¿Cuándo se cobra la paga extra de los jubilados en noviembre?

Existen dos pagas extras para los pensionistas, dividas entre la de Navidad y la de verano, que siempre suelen hacerse efectivas en los meses de junio y noviembre de cada año

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Las personas que perciben una pensión cuentan con 14 pagas al año: 12 mensuales y dos pagas extras. Dichas pagas extras se suelen retribuir durante las vacaciones de verano y navidad. Siendo más precisos, los jubilados cobran estas pagas en los meses de junio y noviembre. 

Es por ello, que a la hora de entrar en el undécimo mes del año, la pregunta de muchos pensionistas es: ¿Cuándo cobraré la paga de noviembre? Hay que recordar que si es la primera vez que solicitamos la paga extra, se descontará de las pagas extras los meses que no se han estado jubilado. Sin embargo, estas bonificaciones se regularizan cuando comienzan el nuevo año y se cobran de forma íntegras.

Dichas paga extra de las pensiones para jubilados nunca igualará el salario que percibía la persona mientras trabajaba. Por ejemplo, para calcular cual es el importe que podemos recibir con las pagas extras tendremos que tener en cuenta estos elementos: importe de la pensión, edad de jubilación y que se haya cotizado durante 37 años. 

¿Cuánto es la pensión de jubilación máxima y mínima para 2020?

Es muy importante saber las cantidades máximas y mínimas a recibir. En este caso, no se podrán sobrepasar independientemente de los años cotizados o del importe de las aportaciones a la Seguridad Social.

La pensión más baja se da en caso de que el jubilado tuviese cónyuge pero no esté a su cargo, la pensión sería de 8.461,47€ (604,39 € mensuales). Y cuando no se tiene cónyuge, de 8.951,65 € que se dividen en 639,40€ al mes.

La máxima cuantía que se puede adquirir al mes por jubilación asciende a un total de 2.683,34€ al mes, multiplicado por 14 pagas que suman 37.566,76€ al año. De esta manera, si tu base reguladora calculada fuera mayor que estas cifras, tan solo podrías cobrar estos topes máximos.

Cuantas más altas sean nuestras bases de cotización, más dinero se suministrará. De esta manera, la pensión máxima solo se puede obtener si nuestras bases de cotización son suficientemente altas para que, en el cálculo de la base reguladora que dará lugar a nuestra pensión, resulte una pensión de jubilación también muy alta. Por lo tanto, la pensión máxima se refiere a un tope, no a que sea un importe alcanzable, ya sea por méritos, cotización o edad.

Cómo calcularla

  1. Averigua cuáles son tus bases de cotización. Lo puedes hacer en este enlace.
  2. Aplícalas al periodo de referencia para calcular tu base reguladora. Este cálculo se realiza sumando una a una las bases de cotización de los 264 meses comprendidos en los 22 años del periodo de referencia.
  3. Tras sumar esas 264 bases de cotización, que será una cifra bastante elevada, divide la cantidad resultante entre 308. El resultado será tu base reguladora.

En resumen, con un total de 35 años y medio cotizados podrás recibir el 100% de tu jubilación correspondiente (siempre y cuando haya cumplido la edad de jubilación).

¿Cuándo se cobran las pensiones en España?

La Seguridad Social paga oficialmente todas las pensiones en la misma fecha. Esto puede parecer extraño, debido a que no todas las pensiones llegan al mismo tiempo, pero la Seguridad Social española efectúa todos los pagos relacionados con pensiones, ya sean pagos a jubilados o de otro tipo, al mismo tiempo.

Entonces, ¿por qué no le llega a todo el mundo a la vez? Muy sencillo, el pago está realizado pero depende de cada entidad bancaria. La institución establece que los pagos mensuales deberán ser efectuados el primer día hábil de cada mes, y en todos los casos, antes del cuarto día natural del mismo. Si el día 1 de mes fuera domingo o día festivo, el pago debería abonarse al día siguiente, nunca después del día 4.

Sin embargo, la fecha real de abono suele adelantarse en la mayoría de los casos, habitualmente hasta los últimos días del mes en curso. Esto se debe a que algunas entidades financieras adelantan el abono de la pensión hasta los días 25-26, anticipando el pago de la pensión.

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