Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) celebran esta rebaja del IVA de los alimentos básicos. El objetivo de esta medida es aliviar la economía de muchas familias y ayudar, al menos temporalmente, a que muchas personas puedan acceder a estos productos. Cabe recordar, que llamamos ‘productos básicos’ o ‘de primera necesidad’, a todos aquellos artículos orientados a satisfacer las carencias básicas del ser humano.
Entre los productos básicos más importantes, se encuentran todos los necesarios para mantener una buena alimentación. Sin embargo, con la subida de la inflación, llenar el carro de la compra se ha encarecido muchísimo en el último año y ha supuesto una gran dificultad para muchas familias. Por este motivo, desde la OCU han insistido reiteradamente en la necesidad de adoptar medidas urgentes, sobre todo para ayudar a los consumidores más vulnerables.
Como respuesta a este reclamo de la OCU, el Real Decreto-ley 20/22 de 27 de diciembre recoge entre otras medidas anticrisis, la rebaja del IVA en productos básicos de la cesta de la compra. Esta medida que entró en vigor el 1 de enero, consiste en fijar de manera temporal un IVA del 0 por ciento para los productos básicos y en la rebaja del IVA de otros alimentos, que pasan del 10 al 5 por ciento.
OCU: Este es el cambio de IVA de los alimentos
Esta medida que consiste en eliminar el IVA de los productos básicos y bajar al 5 por ciento el de otros alimentos, es temporal. Su vigencia está prevista con una duración de 6 meses. Es decir, hasta el próximo 30 de junio de 2023. Sin embargo, si la situación mejora antes, estas medidas finalizarían el 30 de abril. Pero como aún tenemos tiempo de beneficiarnos de esta rebaja. ¿Sabes cuáles son los productos con el IVA al 0 por ciento?
Los productos básicos cuyo IVA ha sido eliminado son:
- El pan común. Esto son los panes que no llevan otros añadidos más que los habituales. Incluyen también los que venden congelados. Sin embargo, los tipos integral o con semillas, quedan excluidos de este cupo.
- Harinas panificables. Del mismo modo, quedan excluidas la harina normal, de repostería o de rebozar.
- La leche. Ya sea líquida, en polvo, UHT, fresca o concentrada. La leche condensada por su parte mantiene el mismo IVA que tenía.
- Quesos de todo tipo.
- Los huevos.
- Frutas, verduras y tubérculos. Siempre que no lleven otros ingredientes.
- Cereales y legumbres secas.
Aunque desde la OCU aplauden la medida, consideran que aún se puede avanzar más. De este modo, piden que se incluyan en esta lista de alimentos con el IVA rebajado, productos igualmente necesarios como carnes o pescados frescos. También, piden que se haga esta medida extensible a productos con un perfil nutricional más saludables como puede ser el pan integral. Cabe señalar que aunque no se ha eliminado su IVA, se ha aplicado una reducción del 10 al 5 por ciento en el aceite de oliva en todas sus variantes, los aceites de semillas y las pastas.