La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Cultura y Deporte, ha publicado la convocatoria de las ayudas para fomentar el deporte en edad escolar y para personas con discapacidad.
En este sentido, la orden de 2 de junio de 2025 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FCD). Así lo recogió el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del pasado 12 de junio.
Subvenciones de hasta 500.000 euros
Desde la Junta de Andalucía han explicado que las subvenciones, dotadas de un importe de 500.000 euros, van dirigidas a clubes y secciones deportivas inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED) a la fecha de inicio del plazo de presentación de las solicitudes indicado en la convocatoria de subvenciones, según recoge en un comunicado la Consejería.
Además, se ha destacado que con este convocatoria se busca cubrir el cien por cien del presupuesto de lo solicitado. Debemos de tener en cuenta que esta convocatoria está dirigida fundamentalmente a dos actividades. En este caso, la primera de ellas es la organización de escuelas deportivas de clubes.
Según recoge el comunicado lanzado por la Junta de Andalucía, los gastos subvencionables serían los siguientes:
- Coste salarial del director deportivo y de los entrenadores o monitores de la escuela
- Equipaciones y material deportivo no inventariable
- Alquiler de instalaciones deportivas
- Otros gastos directamente imputables a la realización de la actividad subvencionada
En segundo lugar, también se incluiría la participación en competiciones deportivas oficiales federadas dirigidas a deportistas en edad escolar (entre 6 y 18 años) y a personas con discapacidad sin límite de edad. Para ello se incluiría como gastos subvencionables se incluirían los siguientes:
- Federativos (inscripciones, licencias y, en su caso, mutualidad)
- Los de arbitraje
- Desplazamiento en transporte público o alquiler de vehículos
- Alojamiento y manutención
- Otros gastos directamente imputables a la realización de la actividad subvencionada, hasta un máximo del quince por ciento del presupuesto
Finalmente, debemos de tener en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde la fecha de su publicación en BOJA, el pasado jueves 12 de junio de 2025.
Dichas solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Cultura y Deporte.