La prestación de dependencia personal en la Comunidad Valenciana se tiene que solicitar en la Generalitat Valenciana, liderada actualmente por Ximo Puig i Ferrer. En este caso, el órgano que se encarga de la gestión de dicha ayuda es el área de dependencia de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, que dirige Monica Oltra Jarque.
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) es el organismo encargado de atender el derecho a la promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia. Todo ello está reconocido por ley desde el 1 de enero de 2007. Esto viene aparejado al desarrollo de diversos servicios y prestaciones.
Aunque parezca una ayuda nacional, que depende del Gobierno de España, los órganos gestores son las Comunidades Autónomas y las Direcciones Territoriales del Imserso. De estas ayudas para la dependencia los principales destinatarios son sobre todo tres grupos:
- Personas mayores dependientes.
- Personas con diversidad funcional física o intelectual.
- Menores de 3 años con problemas de dependencia
Estas ayudas pueden acceder aquellas personas que cuenten con la nacionalidad española o con el permiso de residencia. La ley también establece una residencia mínima de 5 años en España, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y en el caso de los menores de 3 años estos requisitos se le exigirán a la persona encargada de su guarda y custodia.
Grados de dependencia
La ley establece tres grados de dependencia que pueden ser temporales o permanentes:
- Dependencia moderada o Grado I: La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
- Dependencia severa o Grado II: La persona necesita ayuda para realizar diversas actividades básicas dos o tres veces al día pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.
- Gran dependencia o Grado III: Las personas necesita ayuda para realizar varias actividades básicas varias veces al día y por su perdida total de autonomía necesita el apoyo continuo de otra persona.
¿Dónde solicitar la dependencia en la Comunidad Valenciana?
Dentro de la web de la Comunidad Valenciana puedes encontrar toda la información necesaria para acceder a la situación de dependencia. Dentro del área de dependencia que podemos encontrar en la web de la Generalitat Valenciana se encuentra todos los modelos normalizados para el reconocimiento de dependencia y acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas; o el procedimiento de responsabilidad patrimonial.
El trámite recibe el nombre de ‘Solicitud de reconocimiento del grado de dependencia y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas’.
El objetivo de dicha ayuda es la regulación del procedimiento para el reconocimiento de la posible situación de dependencia de las personas, determinar la composición y funciones de los órganos competentes para su valoración y establecer el régimen de requisitos, condiciones y compatibilidades de los servicios y prestaciones económicas en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
La solicitud se presentará preferentemente en el Registro Oficial del Ayuntamiento del domicilio de la persona solicitante. Además, podrá presentarse en los registros oficiales de la Generalitat o mediante cualquiera de las modalidades. Todo ello está recogido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además, también se puede solicitar a través de internet en el siguiente enlace.
Requisitos para solicitar la dependencia en la Comunidad Valenciana
El procedimiento para el reconocimiento inicial de la situación de dependencia se iniciará a instancia de la persona interesada ante el Ayuntamiento de la Comunitat Valenciana donde se encuentre empadronada. Entre los requisitos que tiene que cumplir el solicitante se incluye:
- Ser español.
- Cualquier edad.
- Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el período de residencia se exigirá a quien ejerza la guarda y custodia.
Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen. Para los menores que carezcan de la nacionalidad española se estará a lo dispuesto en las Leyes del Menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los Tratados Internacionales.
Puedes consultar toda la información en el siguiente enlace.
Cambios desde 2016
La Generalitat Valenciana acometió una serie de cambios en 2016 para mejorar la situación de dependencia en la comunidad autónoma. Para ello elimino todos los copagos en los centros de atención diurnos, ya sea en centros de día, centros ocupaciones, etc. Dichos copagos ya no existían en centros de rehabilitación e integración social, (CRIS) y Centro de Atención Temprana (CAT).
Además, anteriormente se tenía en cuenta la paga extra para el cálculo del copago. Desde 2016, la paga extra no se tiene en cuenta para el cálculo de la aportación suplementaría en centros residenciales nocturnos. De esta manera se recuperará la paga extraordinaria íntegramente.
A esto hay que sumarle el aumento de cuantías en busca de una vida digna. En el ámbito de las personas con diversidad funcional ha pasado de 219 euros a 345, con una subida del 57%. En el caso de las personas mayores, el aumento es del 24%, pasando de 175 a 219 euros.
SI hablamos de las viviendas tuteladas, aumenta el dinero para personas con diversidad funcional y/o dependencia a 532,51 euros. De esta forma, se respetará el IPREM en caso de que tengan que hacer aportaciones. Uno de los últimos cambios fue el incremento de todas las prestaciones económicas por dependencia al máximo previsto por la ley.
Dependencia
La dependencia es la incapacidad funcional para el desarrollo de actividades de la vida diaria. Estas personas que se encuentran en situación de dependencia requieren de ayuda para realizar estas actividades diarias, ya sea de familiares, asistente personales o profesionales.
Si hablamos de dependencia en España, tenemos que mencionar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de Dependencia. El objetivo de esa ley, formulada en 2007, fue incorporar al sistema público atención a la dependencia. Aunque parezca algo normal en la actualidad, en su día el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia fue un grandísimo avance en el desarrollo de los derechos sociales en el territorio español.