Lo ciudadanos de la Comunidad Valenciana están de enhorabuena. La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha llegado a un acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que lidera Jose Luis Escrivà. Este nuevo convenio permite que las personas que tienen una pensión no contributivas de invalidez, jubilación e incapacidad permanente, puedan recibir también la ayuda a la que da derecho la Renta Valenciana de Inclusión (RVI) en caso de cumplir los requisitos de acceso.
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) recoge la resolución sobre este acuerdo. En este sentido, la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat modifica la Ley de RVI. La nueva norma adapta la entrada en vigor del Ingreso Mínimo Vital (IMV), según ha informado en un comunicado el departamento que dirige Mónica Oltra.
Cuando el Gobierno de España decidió aprobar el Ingreso Mínimo Vital, obligó a la a Conselleria de Igualdad a realizar un estudio. Todo ello con «carácter de urgencia para que ambas prestaciones no entraran en colisión ni se generaran duplicidades». Hay que recordar que el Ingreso Mínimo Vital es una renta básica para las personas más desfavorecidas. Esta ayuda no es compatible con algunas pensiones.
Sobre el Decreto Ley
El Decreto Ley ha sido objeto de recurso para que la Renta Valenciana de Inclusión pueda complementar los importes del Ingreso Mínimo Vital. Además, esto sirve para que algunas de la ayudas de que presta la Seguridad Social no sean excluyentes a la hora de tener acceso a la prestación autonómica.
De esta manera, el acuerdo afecta a aquellas personas que tengan prestaciones por pensiones no contributivas en su modalidad de invalidez y jubilación, excepto las prestaciones no contributivas de invalidez con complemento por tercera persona. Incluye también aquellas que tengan compatibilizada la percepción de la pensión no contributiva con el trabajo remunerado.

Además, como informan desde Igualdad de la Comunidad Valencia, esto también alcanza a quienes perciben la prestación del Fondo Nacional de Asistencia Social (FAS). En estos casos, las personas que habiendo solicitado la pensión no contributiva no le reconozcan el derecho a la misma, y siempre que no tengan derecho a otras prestaciones públicas, así como las prestaciones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) no concurrentes.
Acceso a la Sanidad Universal para estos pensionistas
La Comunidad Valenciana ha dado más novedades asociadas al RVI. En este caso, afirma que los solicitantes tendrán derecho también a la sanidad universal y a la prestación farmacéutica y ortoprotésica. Todo ello mediante la adaptación de medidas que eliminen los obstáculos en el acceso al tratamiento médico y al restablecimiento de la salud, de conformidad con la legislación estatal.
Además, informa que se facilitará el intercambio de datos entre administraciones. Todo ello con el objetivo de facilitar la gestión eficiente y coordinada de la Renta Valenciana de Inclusión y el Ingreso Mínimo Vital y evitar las duplicidades. Así, las personas solicitantes de la RVI y quienes conforman la unidad de convivencia podrán prestar conformidad expresa para facilitar sus datos a otros departamentos.