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CEDDD plantea duplicar la cuota obligatoria de empleo para personas con discapacidad hasta el 4%

Tododisca
26/02/2026 07:30
en Discapacidad
CEDDD propone elevar del 2% al 4% la cuota obligatoria de empleo para personas con discapacidad en empresas de más de 50 trabajadores, dentro de la reforma legal en tramitación en el Congreso.

CEDDD propone elevar del 2% al 4% la cuota obligatoria de empleo para personas con discapacidad en empresas de más de 50 trabajadores, dentro de la reforma legal en tramitación en el Congreso.

El debate sobre la inclusión laboral vuelve al centro de la agenda política. El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) ha trasladado a los grupos parlamentarios una batería de enmiendas a la Proposición de Ley que reforma la cuota de reserva de empleo en empresas de 50 o más trabajadores. Su propuesta estrella es clara: elevar del 2% al 4% el porcentaje obligatorio de contratación de personas con discapacidad.

La iniciativa llega en un momento en el que los datos oficiales siguen reflejando una brecha profunda en el acceso al empleo. Más de cuatro décadas después de fijarse la cuota actual, la organización considera que el modelo no ha logrado corregir la desigualdad estructural que afecta al colectivo. Por ello, plantea una reforma que no solo refuerce el régimen sancionador, sino que transforme el sistema desde su base.

Una reforma con respaldo constitucional e internacional

La propuesta se enmarca en la tramitación de la Proposición de Ley 122/000215, que modifica el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Según CEDDD, el porcentaje vigente ha quedado desfasado frente a la realidad social y económica del país.

Las cifras oficiales dibujan un escenario de clara desventaja:

  • Tasa de empleo de personas con discapacidad: 28,9%
  • Tasa de empleo de población sin discapacidad: 69,7%
  • Tasa de paro del colectivo: 18,5%, frente al 11,2% general

Desde la organización recuerdan que la Constitución Española —en sus artículos 9.2, 14, 35 y 49— obliga a los poderes públicos a promover la igualdad real y efectiva, así como el derecho al trabajo. Asimismo, el artículo 27 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce el derecho al empleo en igualdad de condiciones.

En este contexto, CEDDD defiende que actualizar la cuota responde a un principio de proporcionalidad social y de adaptación histórica, sin generar —según sostienen— una carga desmedida para el tejido empresarial.

Cómo funcionaría la nueva cuota del 4%

La propuesta concreta de CEDDD establece una distribución equilibrada del nuevo porcentaje:

  • 2% mediante contratación directa en plantilla ordinaria.
  • 2% a través de contratación o colaboración con Centros Especiales de Empleo.

Con este esquema, la entidad busca consolidar la presencia real de trabajadores con discapacidad en el mercado ordinario, fortalecer el ecosistema de economía social y aportar mayor seguridad jurídica a las empresas, eliminando el actual carácter excepcional que requiere autorización administrativa para determinadas fórmulas de cumplimiento.

Además, la organización propone la creación de un mecanismo automático de “importe sustitutorio” para las vacantes no cubiertas, que se liquidaría junto al Impuesto sobre Sociedades y tendría carácter finalista para financiar políticas activas de empleo dirigidas al colectivo. Este sistema iría acompañado de una adaptación del régimen sancionador.

Antes de cerrar el debate parlamentario, estos son los puntos clave de la propuesta:

CEDDD insiste en que el objetivo no es únicamente endurecer sanciones, sino impulsar un cambio estructural y duradero en la arquitectura del sistema de inclusión laboral. La entidad ha reiterado su disposición al diálogo con todas las fuerzas políticas para alcanzar un amplio consenso que modernice el modelo vigente y garantice una participación efectiva de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo español.

Temas: empleo

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