Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
Tododisca
No Result
View All Result

Casos en los que se pueden cobrar atrasos por un cambio de contingencia en una baja por incapacidad temporal

Un cambio de contingencia de la baja laboral puede tener importantes implicaciones en la prestación por incapacidad temporal del trabajador

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
29/06/2025 13:00
Prestaciones
Cobrar atrasos por cambio de contingencia en una baja por incapacidad temporal

Cobrar atrasos por cambio de contingencia en una baja por incapacidad temporal./ Licencia Adobe Stock

En ocasiones, un trabajador puede iniciar una baja médica por contingencia común (enfermedad común o accidente no laboral) y posteriormente se le reconoce que el origen de la incapacidad temporal corresponde a una contingencia profesional (enfermedad profesional o accidente de trabajo).

El cambio de contingencia puede implicar que el trabajador tenía derecho a cobrar una cuantía mayor por su prestación de incapacidad temporal. Así, es posible solicitar los atrasos correspondientes debido a un cambio de contingencia en la baja laboral reconocida.

Implicaciones del cambio de contingencia en una baja por incapacidad temporal

Un cambio de contingencia consiste, a modo de resumen, en una recalificación del origen de la baja laboral del trabajador. La cuantía de la prestación por incapacidad temporal varía en función de diferentes factores, como el origen de la baja laboral.

Con todo ello, los profesionales de ‘Fidelitis’ explican que un trabajador, ante un cambio de contingencia en una baja laboral, puede acceder a los siguientes beneficios:

Noticias Relacionadas
Alta médica tras una incapacidad temporal sin estar preparado para volver al trabajo
Recomendaciones legales de ‘Fidelitis’ si recibes el alta médica y no estás preparado para volver al trabajo
El Gobierno propone en firme las altas progresivas tras una baja laboral
El Gobierno propone altas progresivas tras una baja laboral, compaginando 30 días de salario con la prestación
  • Mejores bases de cotización.
  • Prestación de incapacidad temporal con una cuantía más elevada.
  • Revisión del grado de incapacidad.

Además, desde ‘Fidelitis’ informan a los ciudadanos que «también se tiene derecho a cobrar la diferencia económica entre lo que percibió y lo que debió cobrar desde el inicio. Es decir, se abren las puertas al pago de atrasos».

Después de corregir el origen de la baja por incapacidad temporal del trabajador se calcula cuánto debió cobrar y se abona la diferencia correspondiente. El pago se puede aplicar desde la fecha en la que se emitió el parte de baja o desde la fecha de reconocimiento con efectos retroactivos.

Cómo reclamar el pago de los atrasos

Por norma general, los trabajadores disponen de un plazo de 4 años para reclamar el cambio de contingencia en relación a una baja por incapacidad temporal. Sin embargo, existen ciertas excepciones en caso de que exista sentencia judicial o si la reclamación se lleva a cabo tras haber obtenido una incapacidad permanente.

Lo más recomendable es solicitar el cambio de contingencia cuanto antes, siempre que se considere que ha habido un error al establecer la contingencia inicial al emitir la baja laboral.

En caso de que se produzca un cambio de contingencia, alguien debe hacerse responsable del pago de los correspondientes atrasos. En concreto, la responsabilidad del abono de los atrasos varía en función de la contingencia reconocida.

  • En caso de contingencia profesional, el pago de los atrasos es responsabilidad de la mutua colaboradora o de la Seguridad Social. Todo depende de cada caso en particular.
  • Si el pago lo realizó inicialmente la Seguridad Social por contingencia común, y luego se reconoce el origen laboral, la mutua debe abonar la diferencia.

Normalmente, la solicitud del cambio de contingencia de una baja por incapacidad temporal se debe llevar a cabo ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El trabajador deberá aportar los informes médicos y documentación laboral correspondiente.

En determinadas ocasiones, puede darse la situación particular de que el cambio de contingencia afecte a una persona que ya tiene reconocida una incapacidad permanente. Si esto ocurre, es posible que se modifique la entidad pagadora, que se revise el grado de incapacidad reconocido, que se recalcule la cuantía de la pensión o que se abonen los atrasos pertinentes en relación a la prestación.

Casos en los que se pueden cobrar atrasos por un cambio de contingencia en una baja por incapacidad temporal
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Incapacidad Temporal

Suscríbete a noticias como esta, en tu email cada mañana.

Noticias Relacionadas
Proceso de incapacidad temporal
La Seguridad Social promueve la mejora de los procesos de incapacidad temporal con la agilización de diagnósticos y tratamientos
ZARA deberá pagar el bonus colectivo a una trabajadora de baja laboral
El TS condena a ZARA a pagar el bonus colectivo a una trabajadora durante el periodo de baja laboral
Baja laboral por incapacidad temporal
Cómo actuar en caso de cumplir 18 meses de baja laboral y no recibir una notificación de la Seguridad Social
Condenan a una empresa por enviar correos de trabajo a una empleada de baja laboral
El Tribunal Superior de Justicia condena a una empresa por enviar correos de trabajo a una empleada de baja laboral
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas editoriales y ética
  • Política de correcciones
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio
  • Contacto
  • Branded Content

© 2025 Tododisca S.L.U.

  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones

© 2025 Tododisca S.L.U.