Así puedes cambiar la base de cotización de autónomos en mayo de 2022

Los trabajadores autónomos tienen la oportunidad de cambiar hasta cuatro veces al año su cuota de cotización a la Seguridad Social

Modificar base de cotización de autónomos

Los trabajadores autónomos afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tienen una forma muy peculiar de cotizar a la Seguridad Social. En concreto, deben pagar una cuota económica determinada de forma mensual a la Seguridad Social.

Así, los trabajadores autónomos pueden seleccionar la cuota de cotización que realizan a la Seguridad Social, existiendo un mínimo y un máximo establecido por ley. Es decir, la cuota a pagar debe oscilar entre dichos límites, ambos incluidos.

Para este 2022, si se cotiza por la base mínima (960,6 euros), la cuota a pagar a la Seguridad Social es de 294 euros mensuales. Sin embargo, si se cotiza por la base máxima (4.139, 4 euros), la cuota mensual máxima es de 1.266,66 euros.

Si bien, una de las pocas ventajas que presenta este sistema de cotización, es que el trabajador autónomo puede modificar la cuota a pagar a la Seguridad Social hasta cuatro veces durante el año; en función de sus ingresos.

Cómo modificar la cuota de autónomos en 2022

La Sede Electrónica de la Seguridad Social cuenta con un servicio destinado a los trabajadores autónomos para modificar su cuota de cotización durante el año. Puedes acceder a dicho servicio a través del siguiente enlace.

Cuota de autónomos en 2022
Cuota de autónomos en 2022

Concretamente, este servicio permite a los trabajadores autónomos dados de alta en el RETA aumentar de forma automática su cotización a la Seguridad Social. También permite modificar la base de cotización en función a las preferencias del trabajador. Además, es posible obtener un justificante oficial con la solicitud realizada al respecto.

En cualquier caso, los trabajadores autónomos deben de saber que existen unas fechas determinadas durante el año para poder solicitar la modificación de las bases de cotización a la Seguridad Social. Las mencionadas fechas son las siguientes.

Respecto a este interesante servicio para el colectivo, desde la Seguridad Social recuerdan que «el trabajador autónomo podrá realizar tantas solicitudes como desee, siendo únicamente la última petición realizada dentro de los plazos indicados, la que será tenida en cuenta, con los efectos previstos».

Así, en el actual sistema, los trabajadores autónomos tienen la posibilidad de seleccionar entre cualquier base de cotización comprendida en la que venía cotizando y el máximo de aplicación; tal y cómo hemos explicado con anterioridad.

En ocasiones, es posible que desde la Seguridad Social soliciten al trabajador autónomo documentación adicional para poder efectuar el cambio de cuantía en la cuota de cotización.

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