Un trabajador que decide solicitar una pensión por incapacidad permanente a la Seguridad Social, es porque sufre una enfermedad o ha sufrido una lesión a causa de un accidente, que le impide poder seguir desarrollando su actividad profesional de forma adecuada. Es decir, se trata de una situación en la que el trabajador necesita ayuda para poder dejar de trabajar, o al menos, conseguir un empleo acorde a sus circunstancias, pues debido a una dolencia, no puede seguir con un trabajo actual.
Para contribuir en esta ayuda, la incapacidad permanente suele ir acompañada de una pensión cuya cuantía, depende del nivel de dolencia que sufra el trabajador. Concretamente, la Seguridad Social afirma que dicha pensión tiene como objetivo cubrir la pérdida de rentas profesionales que sufre una persona cuando «estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva». Y es que si una persona tiene que dejar de trabajar a causa de una dolencia, también dejará de percibir su salario.
Listado de enfermedades con las que acceder a una incapacidad permanente
Lo primero que debemos dejar claro es que, no existe un listado oficial de enfermedades que te vayan a permitir de forma automática, la concesión por parte de la Seguridad Social de una incapacidad permanente. Es decir, no hay una lista en la que si encuentras la enfermedad que sufres, puedes obtener sin más una incapacidad permanente. El proceso es algo más complejo y además, es el mismo para todo aquel que solicite esta situación.
Esto no significa, que el paso del tiempo y los testimonios de trabajadores a los que se les ha concedido una incapacidad permanente desde sus inicios, no hayan permitido conta con una tabla en la que se indican un número de enfermedades con la que otros trabajadores han conseguido el aprobado de la Seguridad Social para dicha situación. Por tanto, puede tomarse como un precedente con el que argumentar tu propia solicitud.
Por tanto, si sufres una enfermedad que te está incapacitando para trabajar y crees que eres merecedor de esta ayuda, debes acudir a la Seguridad Social y llevar a cabo la solicitud. No obstante, para que te sirva como referencia, e incluso pueda ayudarte a buscar casos similares de tu misma enfermedad, aquí puedes consultar el listado de enfermedades con el que casi con total seguridad, obtendrás una incapacidad permanente:
- Alzheimer.
- Aneurisma.
- Artritis Reumatoide.
- Artritis Psoriásica.
- Artrosis.
- Cáncer.
- Cardiopatías.
- Colitis ulcerosa.
- Depresión.
- Demencia.
- Desprendimiento de la retina.
- Enfermedades hepáticas.
- Enfermedad de Crohn.
- EPOC.
- Esclerosis Múltiple.
- Espondilitis anquilosante.
- Espondilosis degenerativa.
- Esquizofrenia.
- Estenosis foraminal.
- Fibromialgia.
- Fibrilación auricular.
- Glaucoma.
- Hernia discal.
- Hipertensión pulmonar.
- Ictus.
- Insuficiencia renal crónica.
- Infarto agudo de miocardio.
- Lesión medular.
- Lumbalgia.
- Lupus.
- Migrañas.
- Neuropatía.
- Parkinson.
- Pancreatitis.
- Patologías de pies y manos.
- Síndrome de Ménière.
- Síndrome de Raynaud.
- Síndrome de Sjögren.
- Síndrome de Tourette.
- Síndrome del túnel carpiano.
- Síndrome subacromial.
- Trasplante de riñón.
- Trastorno: Ya sea bipolar, ansiedad o estrés postraumático.
Proceso a seguir
Si sufres alguna de las enfermedades anteriormente mencionadas, y crees que por ello debes beneficiarte de una pensión por incapacidad permanente, debes iniciar el proceso de solicitud a la Seguridad Social. Para ello, cuentas con dos opciones: La vía presencial o telemática. En el segundo de los casos, debes seguir los siguientes pasos desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social:
- Clica en la opción ‘Ciudadanos’, entra en ‘Pensiones’, y ahí encontrarás la opción, ‘Prestación de incapacidad permanente nacional’.
- Una vez acceda, la web te redirigirá a la pantalla en la que deberás identificarte. Para ello, debes contar con una de estas opciones: Cl@ve permanente, DNI electrónico o certificado digital.
- Una vez registrado, tendrás acceso al formulario de registro que deberás cumplimentar con todos tus datos.
- Una vez finalices el formulario, solo debes enviarlo.
Si prefieres llevar a cabo la gestión de forma presencial, el primer paso es pedir cita previa en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social. Una vez acudas a tu cita, te indicaran todo el recorrido a seguir para llevar a cabo el proceso de solicitud en la Seguridad Social.