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El documento que se debe enviar a la Seguridad Social para no perder la pensión a partir de abril de 2023

Algunos ciudadanos españoles deben presentar el documento de fe de vida para seguir cobrando la pensión de jubilación

Alejandro Perdigones
16/03/2023 08:30
en Prestaciones y Empleo
Documento de fe de vida para no perder la pensión de jubilación

Documento de fe de vida para no perder la pensión de jubilación./ Foto de Canva

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La pensión contributiva de jubilación es una pensión con carácter vitalicio. Cuando una persona pasa a cobrar una pensión de jubilación adquiere una serie de derechos, pero también tiene que cumplir con ciertas obligaciones, especialmente, con la Seguridad Social.

Es decir, existen diferentes acciones que pueden provocar que una persona pierda el derecho a cobrar la pensión de jubilación. Se trata de hechos de gran relevancia que deben conocer los ciudadanos, para no poner en riesgo la percepción de su pensión.

Presentar el documento de Fe de vida

Algunos pensionistas tienen la obligación de presentar cada año el documento de ‘Fe de vida’. Este documento acredita que la persona en cuestión sigue viva, además de recoger su estado civil.

Pensión de jubilación en España./ Foto de Canva
Documento de fe de vida para no perder la pensión de jubilación./ Foto de Canva

Desde la Seguridad Social señalan que «la vida, estado de soltero, viudo o divorciado se acreditan por la correspondiente fe del Encargado del Registro Civil (tras la comparecencia del sujeto interesado). La vida se acredita también por comparecencia del sujeto o por acta notarial de presencia, y el estado de soltero, viudo o divorciado, por declaración jurada o afirmación solemne del propio sujeto o por acta de notoriedad».

Esta acreditación del documento de fe de vida se debe presentar cada año entre el 2 de enero y el 31 de marzo. Consiste en un trámite que deben presentar de forma obligatoria una serie de pensionistas en España para no dejar de percibir su pensión a partir del mes de abril. En este caso, a partir del mes de abril de 2023.

En cualquier caso, es necesario aclarar que no todos los pensionistas tienen la obligación de presentar el documento de fe de vida; sino solamente aquellos en los que se cumplan ciertas condiciones específicas.

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¿Qué pensionistas deben presentarlo?

Principalmente, deben presentar el documento de fe de vida los pensionistas que perciban una pensión del sistema español y que residan fuera de España. Con este documento, certifican a la Seguridad Social que siguen vivos para seguir cobrando la prestación que le corresponda. Este trámite debe realizarse durante los tres primeros meses del año.

Sin embargo, el documento de fe de vida es un elemento que puede solicitar cualquier ciudadano en España, ya que es posible que lo exijan en la realización de diferentes trámites o gestiones. Algunas entidades bancarias lo solicitan respecto al pago de hipotecas, créditos u otros préstamos.

Este documento de vida también es posible que sea necesario para muchos ciudadanos que residen en España y perciben una pensión de otro país. En este caso, desde la Seguridad Social informan que «los extranjeros que necesiten una fe de vida o una fe de vida y estado deben acudir a las autoridades del país de su nacionalidad, pero podrán obtener una fe de vida y estado en esta Oficina Consular cuando su nacimiento esté inscrito en el Registro Civil español».

Desde el Gobierno de España advierten que el documento de fe de vida es necesario para el cobro de la pensión abonada por la Seguridad Social española. Así, la fe de vida se prueba a través de la comparecencia personal de dicha persona.

Para solicitar obtener el documento de fe de vida es necesario ser español, acudir de forma presencial a la Oficina Consular y presentar el documento identificativo en vigor (DNI o pasaporte). En caso de que la persona en cuestión se encuentre impedida, un familiar podrá realizar dicho trámite, presentando una autorización manuscrita y firmada por el pensionista, junto con un certificado médico que justifique la imposibilidad de completar el trámite de manera personal.

Temas: jubilaciónpensiónseguridad social
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